En el 2019 a través de la resolución 213/19, el Consejo Superior de la UNJU, aprueba un reglamento electoral. En el cual en su Art. 20 dice: “Las listas de candidatos de todos los claustros deben presentarse de forma intercalada por género". En el 2019 a través de la resolución 213/19, el Consejo Superior de la UNJU, aprueba un reglamento electoral. En el cual en su Art. 20 dice: “Las listas de candidatos de todos los claustros deben presentarse de forma intercalada por género".
Elecciones en la UNJu: "la junta oficializó listas según intereses"
En este sentido, Mendoza, cita el Art. 1° de la Ley de Paridad de Género, la 27. 412, y resaltó que la conducta rompe la normativa de participación y de orden de candidatos y candidatas: varón-mujer, mujer-varón. Mendoza comentó que desde varios espacios se realizó un reclamo pertinente para hacer cumplir la ley pero la Junta Electoral, que responde a las directivas del actual rector, no legítimo el reclamo ni tuvo en cuenta las violaciones a la norma.
Se presentaron 70 listas para estas elecciones, en todos los claustros y categorías, y 2 listas oficialistas del rectorado no respetaron la normativa actual. Se presentaron 70 listas para estas elecciones, en todos los claustros y categorías, y 2 listas oficialistas del rectorado no respetaron la normativa actual.
Para finalizar, Mendoza, aseguró que no van a permitir se violente de esta manera los derechos ya establecidos constitucionalmente.