Patricia Teresa Aguilera, la escribana de Gobierno, le responde a Jujuy al Momento
En respuesta a una publicación, la escribana que certificó el proceso licitatorio para la compra de máquinas en la Dirección Provincial de Vialidad, envió a nuestro medio consideraciones respecto de lo acontecido el pasado 15 de junio.
A continuación la nota enviada por Patricia Teresa Aguilera a Jujuy al Momento.
En ejercicio del derecho que me acuerda el art. 23 inciso 4, de la Constitución Provincial, Yo, Patricia Teresa Aguilera, en mi carácter de Escribana Adscripta al Registro del Estado, formulo las siguientes manifestaciones y aclaraciones en relación a la publicación realizada por “JUJUY AL MOMENTO.COM” en fecha 12 de julio del corriente año, relacionadas con la Compulsa de Precios convocada por la Dirección Provincial de Vialidad, para la adquisición de maquinarias y equipamiento cuyas especificaciones técnicas se encuentran detalladas en los Pliegos de Bases y Condiciones. A fin de recordar a los señores lectores las aseveraciones realizadas por Jujuy al Momento, las transcribo a continuación: “La primera irregularidad y grave se dio en el acto de apertura de la oferta de Caterpillar. No presentó la garantía de oferta, lo cual es causal de rechazo de la oferta sin que se le permita abrir el sobre 2 que posee la oferta. La Escribana de Gobierno, Patricia Teresa Aguilera junto con autoridades de Vialidad presentes, en un claro ejercicio violatorio de la ley, pasó por alto la falta grave de la empresa, abrió su sobre con la oferta y le dio 48 horas a Caterpillar para que presente la garantía”. En primer lugar, aclaro que TODAS las ofertas de la citada Compulsa de Precios presentaron en el acto de apertura las correspondientes Garantías de Oferta, las que fueron debidamente notificadas con los números de emisión otorgados por cada Compañía Aseguradora. En particular, Finning Argentina S. A. (Representante Oficial de Caterpillar) presentó EN EL ACTO DE APERTURA, garantía por mantenimiento de Oferta, constituida mediante Póliza de Seguro de Caución N° 569.125, identificada en el acta notarial labrada en el momento de apertura de sobres con fecha 15 de junio de 2016. Dicha Póliza de Seguro de caución fue emitida por Fianzas y Crédito S. A. Compañía de Seguros el día 13 de junio de 2016 en Buenos Aires, por la suma de $2.940.000,00. En consecuencia, es absolutamente falaz la publicación realizada por ese medio digital, ya que no hubo ninguna irregularidad en el acto de apertura de ofertas, TODAS las garantías de ofertas estuvieron acreditadas en la apertura, no hubo de mi parte ejercicio violatorio de la ley. En segundo lugar, no obstante lo manifestado, deseo aclarar que no poseo facultades, ni tengo competencia para otorgar plazos ampliatorios para la presentación de documentación en cualquier tipo de procedimiento de compras que hace el Estado, mi intervención notarial se limita a documentar por escrito en acta extraprotocolar los instrumentos que tengo a la vista. En tercer lugar, deseo manifestar que remito a este medio digital junto a la presente, copia del Acta Extraprotocolar labrada por la suscripta y Póliza de Seguro de Caución, cuyos originales se encuentran agregados en Expediente N° 614-442/2016 que es público y puede ser compulsado.
A mi entender, la publicación vertida por ese medio digital, descalificó mi persona y labor profesional, e institucional de Escribanía de Gobierno, sin haber cotejado previamente la documentación pública del acto y/o sin chequear o verificar la información que se utilizó para emitir semejante juicio sobre mi actuación.
Patricia T. Aguilera
DNI 23.984.335

