Jujuy | Justicia

Presentaron un amparo en la Justicia Federal buscando frenar los aumentos de luz

Las asociaciones CODELCO y PROCONSUMER interpusieron un recurso de amparo con medida cautelar urgente ante el Juzgado Federal N° 1. Denuncian que la provincia aplicó la quita de subsidios nacionales afectando a cerca de 88.000 usuarios, pero omitió la bonificación del 25% prevista a nivel nacional.

  • Amparo judicial: CODELCO y PROCONSUMER presentaron un recurso contra el aumento de luz en Jujuy.
  • Impacto en usuarios: La medida busca frenar el incremento del 25% al 30%, que afecta a 88.000 usuarios.
  • Falta de bonificación: Denuncian que la provincia omitió una compensación nacional del 25% en las tarifas.

La escalada en las facturas del servicio eléctrico volvió al centro del debate judicial y social en la provincia de Jujuy.

La abogada especialista en derechos de los usuarios y consumidores e integrante de CODELCO, Alicia Chalabe, confirmó la presentación de una acción de amparo con medida cautelar urgente ante el Juzgado Federal N° 1 de Jujuy contra la Resolución N° 297/2026 de la Superintendencia de Servicios Públicos y Otras Concesiones (SUSEPU).

La medida judicial, impulsada conjuntamente con la Asociación PROCONSUMER, busca frenar el nuevo esquema tarifario publicado en septiembre y aplicado por la empresa distribuidora EJESA durante el periodo de agosto a octubre de 2026, el cual representa un incremento de entre el 25% y el 30% en las facturas de luz.

Quita de subsidios sin bonificación compensatoria

En declaraciones a Radio 2, Chalabe explicó que la disconformidad técnica y legal radica en la forma de instrumentación provincial de la normativa emanada desde la Secretaría de Energía de la Nación para los usuarios inscriptos en el Registro de Subsidios Nacionales (RESEF).

Mientras que las resoluciones nacionales establecieron una reducción gradual en el tope de consumo subsidiado (descendiendo de 300 kWh a 200 kWh, con proyección a 150 kWh), el esquema federal incluyó formalmente en su artículo 4° una bonificación compensatoria del 25% sobre la tarifa para morigerar el impacto en los hogares.

Sin embargo, la resolución local dictada por la SUSEPU aplicó la quita estricta del subsidio pero no trasladó la bonificación a las boletas de los usuarios jujeños.

"Todo el fundamento de la baja de subsidios se establece a nivel nacional, pero el artículo cuarto de esa resolución establecía una bonificación del 25% de la tarifa, por lo que en los hechos no se iba a producir una quita brusca. Esto no sucedió en Jujuy: aquí nos quitan los subsidios y no hay bonificación", marcó Chalabe.

Comparativamente, la letrada remarcó que distritos vecinos como Salta y Tucumán encauzaron la aplicación del marco nacional garantizando compensaciones para atenuar la suba tarifaria, mientras que en Jujuy la falta de absorción coloca en riesgo de morosidad y corte de suministro a amplios sectores de la población.

Vulnerabilidad social y disidencia interna en el ente regulador

La referente de la organización de consumidores cuestionó además que la restricción de topes afecte severamente a familias de bajos ingresos y adultos mayores que perciben haberes mínimos o ingresos por debajo de la canasta básica regional.

A su vez, reveló un dato institucional relevante asentado en la propia Resolución 297/2026: la existencia de un voto en disidencia por parte de uno de los vocales del directorio de la SUSEPU, Facundo Luna, quien no adhirió al texto final aprobado por la mayoría de la conducción del ente estatal regulador.

"Esta resolución se aplica a personas que no cubren tres canastas básicas, pero en Jujuy hay salarios menores a una canasta. La tarifa social provincial es escasa y tiene un tope mínimo de kilovatios; superado ese margen de 150 kWh, el resto se paga a tarifa normal. Decirle a la gente 'apaguen las luces o reduzcan el consumo' es cargar al usuario con la política energética, cuando todas las familias ya se están cuidando al máximo", indicó.

Pedido de cautelar urgente ante el Juzgado Federal N° 1

Ante la vigencia inmediata de los montos refrendados en las facturas de EJESA, la presentación judicial requiere el dictado de una medida cautelar de no innovar sin esperar el trámite ordinario de traslado de la demanda a la Secretaría de Energía de la Nación.

La acción solicita declarar la nulidad de la resolución provincial y la inaplicabilidad de los decretos reglamentarios, al tiempo que cuestiona la falta de intervención y control por parte de la Comisión de Obras y Servicios Públicos de la Legislatura de Jujuy ante el ente de contralor energético.