Un hijo puede reclamar cuota alimentaria hasta los 25 años
Es lo que prevé el nuevo Código Civil aunque bajo ciertas condiciones.
La pensión de alimentos es una obligación a la que deben responder determinadas personas, respecto de los hijos. Sobre esto, la ley dice que hay que financiar la alimentación, la educación, la salud, la vivienda, el vestuario de las personas y los gastos necesarios para adquirir una profesión y oficio.
En diálogo con Radio 2, el abogado de familia Moscoso remarcó que la cuota alimentaria obligatoria debe cumplirse hasta los 21 años independientemente de que el hijo acredite o no un estudio universitario o terciario.
"A partir de los 21 y hasta los 25 tienen derecho a percibir una cuota alimentaria de ambos progenitores siempre y cuando acredite un avance regular en la carrera universitario o terciaria. Caso contrario, se entiende que están malversando una cuota alimentaria", afirmó.
ARTICULO 663.- Hijo mayor que se capacita. La obligación de los progenitores de proveer recursos al hijo subsiste hasta que éste alcance la edad de veinticinco años, si la prosecución de estudios o preparación profesional de un arte u oficio, le impide proveerse de medios necesarios para sostenerse independientemente. Pueden ser solicitados por el hijo o por el progenitor con el cual convive; debe acreditarse la viabilidad del pedido.

