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Psicopedagogos advierten sobre el ejercicio ilegal de la profesión en Jujuy

Frente al avance de la práctica sin la matriculación correspondiente, el Colegio de graduados del sector enfatizó que el marco legal vigente exige título habilitante y registro en la entidad para intervenir en áreas de salud, educación y el ámbito comunitario.

  • Ejercicio ilegal: Psicopedagogos de Jujuy alertan sobre profesionales sin matrícula habilitante.
  • Marco legal: La Ley Provincial N.° 6040 exige título y registro para ejercer, protegiendo a usuarios y familias.
  • Rol transversal: La psicopedagogía es crucial en salud mental y sistemas sanitarios, no solo en educación.

A través de un comunicado, el Colegio de Psicopedagogos de Jujuy encendió las alarmas sobre situaciones de ejercicio ilegal de la profesión por parte de personas que prestan servicios sin contar con el registro habilitante.

Sobre este panorama, la licenciada Alejandra Julián dialogó con Radio 2 y remarcó la importancia de la regulación profesional y la ética en la atención a pacientes y estudiantes.

El marco legal y la exigencia de matriculación

La profesional explicó que la actividad psicopedagógica en la provincia se encuentra regulada por la Ley Provincial N.° 6040, promulgada en 2017, la cual se alinea con las disposiciones de la Federación Argentina de Psicopedagogos (FAP) a nivel nacional.

  • Requisitos obligatorios: Para ejercer formalmente no basta con poseer el título universitario de una carrera no menor a cuatro años; es indispensable la matriculación provincial para garantizar el cumplimiento del código de ética y la deontología profesional.
  • Derecho de la comunidad: Los usuarios y familias tienen el derecho de solicitar el número de matrícula y la credencial de habilitación a cualquier profesional antes de iniciar un tratamiento o acompañamiento.
  • Sanciones y resguardo: Estar colegiado permite al cuerpo profesional supervisar la praxis, sancionar o suspender matrículas ante eventuales irregularidades y brindar garantías a la comunidad.

El rol transversal: más allá del ámbito educativo

La especialista enfatizó que la psicopedagogía no debe supeditarse únicamente al campo escolar o a los cargos docentes dentro del Ministerio de Educación, sino que cumple un rol central dentro del sistema de salud y los equipos interdisciplinarios de salud mental (Ley N.° 26.657).

  • Inserción en el sistema sanitario: Advirtió sobre la falta de cargos psicopedagógicos en hospitales y puestos de salud de la provincia, señalando como una excepción positiva la reciente incorporación de profesionales en el hospital de Tilcara.
  • Habilitaciones correspondientes: Quienes se desempeñan en el ámbito privado deben contar adicionalmente con las habilitaciones municipales y de la Unidad de Fiscalización (UFE) del Ministerio de Salud.

Finalmente, instó tanto a las instituciones públicas como privadas a exigir la documentación habilitante completa al momento de contratar personal, evitando así la precarización del área y el riesgo de mala praxis en la atención de las niñeces y adolescencias.