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Perspectiva desde Salud sobre diferentes leyes

El Presidente del Colegio de Médicos, Dr. Ricardo Cuevas, se refirió por Radio 2 a la Ley de Muerte Digna aprobada en el Congreso de la Nación como así también la Ley de Identidad de Género . También habló sobre la Ley del Aborto No Punible .

El Ginecólogo Ricardo Cuevas recomendó a la sociedad, a través del medio radial, que ante cualquier ley que se debata entre legisladores nacionales y sea aprobada debido a una mayoría de votos, bajar material de Internet y leerlo exhaustivamente para conocer sobre el tema y la opinión de la gente.

El Presidente del Colegio de Médicos consideró como “muy valiosa” a la Ley de Muerte Digna aduciendo al individuo como el principal protagonista en decidir el tratamiento que se le aplicará respecto a su enfermedad.

El prestigioso ginecólogo consideró además la necesidad de crear un Comité de Bioética para estos casos y para muchos otros que se pueden presentar.

Por otra parte, el profesional aprovechó la oportunidad para mencionar que en el país existe una Asociación Argentina de Medicina y Tratamientos Paliativos.

Asimismo, Cuevas destacó la existencia de médicos y personas que están capacitadas para atender al enfermo terminal.

“Hay gente capacitada no solamente para cuidar poniéndole suero y con calmantes o morfina o lo que fuera, sino también para la contención del enfermo y de la familia, porque no debe ser fácil saber que uno se va a morir”, explicó.

Sobre la Ley de Identidad de Género, el profesional destacó la importancia de la aprobación de esta ley considerándola como “muy buena”.

El médico señaló que una persona tiene la absoluta libertad de decidir sobre su género, si no coincide con el que siente la persona como propio.

“Me parece muy bien que no haya que exigirle cirugías previas ni nada por el estilo, sino que directamente con todo derecho pueda ir a decir “quiero cambiar mí identidad” y se le pueda cambiar”, opinó el profesional.

Sobre la ley de Aborto No Punible aseguró el doctor que existe en este país desde principio del siglo XX cuando se dictaminó el Código Penal y que ahora estaría por ser modificado.

Según el destacado ginecólogo jujeño, el grave problema se suscitaba en uno de los artículos establecidos de la ley, el cual se interpretaba que solamente era no punible la atención de la mujer que había sido violada siempre y cuando la misma fuera “idiota, demente o estuviera en grave riesgo su vida”.

Cabe mencionar que la Corte Suprema de Justicia aclaró que la atención es a la persona violada, sin importar su condición.

Ante un eventual caso, según la ley, la mujer tiene que traer una declaración jurada estableciendo que fue violada requiriendo una atención por aborto.

Al respecto, el médico aclaró que los profesionales “no se hacen responsables” cuando la mujer en cuestión miente sobre supuesto caso puesto que de antemano firmó una declaración jurada diciendo que fue violada y que requiere un aborto. “Ahí termina la actividad en cuanto a la atención médica”, dijo.

“Una mujer violada llega hoy al hospital y lo que se hace en ese caso se aplica el protocolo de atención de una mujer violada”, aclaró Cuevas y agregó: “se la recibe en el hospital, se la atiende, se le suministra el tratamiento antisida, se le hace un análisis de embarazo, se le dan tratamientos de antibióticos si hace falta, la ve la asistente social, la psicóloga, todo aquel que haga falta que la vea, o sea la contención a la mujer es integral”.

Cuevas continuó: “entonces, la mujer se va a su casa y en ese momento no está embarazada, se le hizo una análisis de embarazo inclusive que dice que no está embarazada, sin embargo puede pasar un tiempo y esa mujer regresa diciendo que de esa violación está embarazada, y esto es lo que yo quiero dejar aclarado. No significa que una mujer que llegó violada hoy diga “quiero realizarme un aborto”, si no está embarazada.

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