"No sabemos si se debe a que no mide lo que dice el funcionario y no entiende que hay que hacer algunas aclaraciones para el usuario. Sabemos que tenemos revisiones trimestrales por contrato que se hacen a favor de la empresa EJESA, porque en realidad, técnicamente, son ajustes. Alguna vez podríamos llegar a tener que pagar menos; no ha pasado nunca en 25 años de concesión, pero en teoría es porque la empresa contrata la energía, la compra, después la aplica a los usuarios".
"No olvidemos que pagamos siempre el consumo de dos meses anteriores. En este momento los usuarios de Jujuy, con algunas diferencias, tenemos una factura que venció en los primeros días de diciembre, o sea que en diciembre y enero pagamos la luz que consumimos entre agosto y octubre”.
“Ahora, la nueva resolución de la que hablamos”, continuó González, “la que aumenta el costo de la energía es la resolución N°1 de 2023, y establece el valor de las tarifas pero para el período comprendido entre el 1 de noviembre y el 31 de enero. Entonces, no pueden decir que hay un aumento para enero o un aumento que impactará en la factura de enero, porque factura de enero no hay.
"Lo que va a venir es una nueva toma de lectura que abarcará los meses de noviembre y diciembre. Si nos fijamos en la factura que está llegando, los períodos 9 y 10, nos falta pagar 11 y 12 de 2022, porque la facturación de la empresa EJESA tiene 12 períodos que no se corresponden exactamente con el consumo de un mes determinado, son períodos que tienen vencimiento en un mes determinado pero nosotros pagamos el consumo de dos meses anteriores".
"A raíz de esto es que la empresa tiene esos ajustes trimestrales; decir que el nuevo ajuste trimestral a favor de EJESA es del 18% significa que lo que aumentó un 18% es la energía que consumimos en noviembre y lo que pagaremos a partir de enero, febrero y marzo es ese período, noviembre y diciembre de 2022".
"Cuando dicen 'ajustes por inflación' desconocemos los aumentos que vienen de Nación, son normalmente aumentos de precio. El costo de la energía, y en todos los casos de privatizaciones de los servicios se hizo así, es un sistema 'pass through' en inglés, y que significa 'aumento del costo' que paso directamente al usuario".
"Pero resulta que aun en eso nos mienten, porque nos enteramos que estuvimos pagando, en el caso de los usuarios de Buenos Aires que pueden ser usuarios de EDENOR o EDESUR, cuatro años la luz. Y si se atrasaban suspendían el servicio. Hasta llegaban al corte o al retiro del medidor. Pero resulta que esas empresas no estaban pagándole a CAMESA la energía que le compraban, le hacían pagos parciales hasta que llegó un momento que no le pagaban nada, y hoy encontramos que hay una deuda de todas las distribuidoras a nivel nacional que supera los $480.000.000. Casi la mitad de esa deuda es solo de EDENOR y EDESUR, y los beneficiaron con una quita muy importante: van a pagar solo $ 80.000.000 financiados en 96 cuotas, a tasas fijas y subsidiadas por el Estado. Pagarán la energía que durante cuatro años compraron sin pagar, cobraron a los usuarios religiosamente, porque si no la pagás te cortan el servicio, y la van a pagar reducida y en 8 años, en 96 cuotas con tasa de interés también subsidiada por el Estado. Es una vergüenza. En qué caso de un usuario nos enteramos que le den 12 cuotas para pagar lo que debe de energía, ninguna financiación, y además, cuando nos atrasamos en el pago, voluntaria o involuntariamente, en el caso de EJESA pagamos intereses punitorios y moratorios porque esos dos tipos de intereses están fijados en los contratos”.
Cortes
En este marco, González se refirió al cumplimiento de la fecha de corte del servicio de energía si el usuario no cumple con el pago, añadiendo que “para que se restablezca el servicio tiene que pagar toda la deuda. Si deben dos facturas tienen que pagar las dos, y la reconexión le viene como un gesto de buena voluntad en la próxima facturación, si no antes se pagaba lo que se debía más el derecho por la reconexión, que además se actualiza todo el tiempo en las resoluciones que establecen el nuevo cuadro tarifario trimestral".
"En esta última que hablamos, que modifica el valor de la energía a partir del 1 de noviembre y hasta el 31 de enero de este año, también aumenta no solo el valor de la energía, el cargo por uso de redes, sino además el cargo fijo. Partimos de un cargo fijo de $400 para la categoría residencial más baja, que es la que continúa, inmediatamente más baja queremos decir en cuanto al consumo. Tenemos que los primeros 150Kw, si no somos beneficiarios de tarifa social sería en el primer escalón de consumo".
"Para una persona que es beneficiaria de tarifa social los primeros 150 son sin costo y además, como novedad, en esta resolución SuSePu se establece que no hay cobro de cargo fijo para el usuario de tarifa social, que es una novedad, es lo que pidió CODELCO en la audiencia pública del año pasado que le dijeron que no correspondía, se limitaban a analizar el hecho de la convocatoria, que era la fijación del nuevo cuadro tarifario quinquenal. Sin embargo, como una grata sorpresa, podemos decir que en esta resolución 1 de la SuSePu los usuarios beneficiarios de tarifa social que consuman hasta 150Kw no pagan cargo fijo. Es una buena noticia que además es consecuente, porque estamos hablando de usuarios de una situación social económica indudable, de beneficiarios de planes, jubilaciones y demás, que no tenía sentido beneficiarlos pagándoles la energía si le cobraban el cargo fijo, lo mismo que el cargo FOPEJ. Se supone que un beneficiario que tiene una situación de vulnerabilidad social y económica no puede pagar la luz, tampoco el cargo fijo ni el cargo FOPEJ”.
Por otra parte, González comentó expresiones del vocal de la SuSePu Marcelo Jorge, quien indicó que se evaluaron los ajustes inflacionarios y el aumento que debió concretarse en noviembre se postergó pero en enero impactará, sosteniendo que desconocen “si está hablando de un nuevo aumento, de una nueva resolución, porque lo que hay es la resolución que fija el valor de la tarifa a partir del 1 de noviembre y hasta el 31 de enero. Ese es el período que la SuSePu concedió a la empresa de energía un aumento, que por supuesto no sabemos el 18% con respecto a qué categoría, porque hicimos un cálculo con los otros consumos considerando solo una factura y en ese caso el aumento supera el 25%, entonces es probable que haga referencia Jorge a la primera categoría de consumo que se paga, que sería el precio de los primeros 150Kw. A lo mejor ahí sí es el 18%, pero en esta resolución de la SuSePu se mantiene lo establecido en la resolución que judicializamos las asociaciones de usuarios y se da de nuevo este vicio que planteamos, de dividir los usuarios residenciales en siete categorías. Eso no existía en el contrato; por vía de resolución de la SuSePu se estableció. Además viola la ley marco regulatorio de la privatización del servicio de energía, porque así como el 'pass trough' dice cualquier aumento en el costo se debe trasladar directamente al usuario, también dice, ese mismo artículo, en su directa incidencia, o sea que a EJESA le suben 5 pesos el Kw en el mercado eléctrico mayorista e inmediatamente me tiene que aplicar ese aumento. Pero EJESA paga un único precio por el valor del Kw, no paga siete precios distintos. Compra a un precio pero lo traslada de siete maneras distintas, y la categoría de mayor consumo es altísima en el cargo fijo, en el costo del Kw”.
Asimismo, explicó si esta aumento provendría de nación, indicando que “si en nación por vía de una resolución de la Secretaría de Energía con intervención del ENRE, ente de contralor nacional, se dispone aumentar el precio del valor del Kw, el precio del valor de la energía, ese importe o porcentaje de aumento, supongamos que es el 18% al que hace referencia Jorge, no se aplica en forma directa ni incide en el mismo porcentaje en la factura jujeña. No puede incidir porque el costo de la energía es la tercera parte de nuestra tarifa. Entonces ese 18% que aumentó el precio de nación se aplicaría y modificaría el costo de una tercera parte de la tarifa de Jujuy, las otras dos partes se tienen que conservar igual. Entonces no se aplica un 18%. Porque autoricen en nación un 18% no significa que los jujeños lo pagaremos, por eso no entendemos las declaraciones, no sabemos a qué hace referencia cuando dice 'el aumento impactará en enero', no sabemos qué quiere decir porque repetimos: el cuadro tarifario ha fijado los valores para el período comprendido entre el 1 de noviembre y el 31 de enero".
"Con esto tenemos que decirle al jujeño usuario del servicio de energía eléctrica de EJESA: la energía que consumió en noviembre y diciembre y está consumiendo en estos días de enero tuvo un aumento que fue autorizado por la SuSePu por medio de la resolución 1/2023. No sabemos a cuánto le vendrá la factura, pero si tomamos la información que tenemos que considerar oficial, aunque insuficiente y confusa de Jorge, entendemos que el 18% es para la primera categoría de consumo que se paga, que son los primeros 150 Kw. En las otras categorías el importe es mayor”.