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Aseguran que la regulación de la planta transformadora de EJESA es débil

Es por la obra que la empresa construye en sus instalaciones. Afirman que hay contradicciones entre la regulación ambiental nacional y la provincial. Los vecinos se oponen a su instalación.

La construcción de una estación transformadora en los predios de la empresa de energía EJESA ha despertado la polémica en el barrio Los Naranjos por la ubicación céntrica de esta obra que afecta al medio ambiente y a la salud de los vecinos.

Anteriomente la empresa ya había intentado realizar esta obra en el predio del Cementerio del Salvador ubicado enfrente. Los vecinos se opusieron enérgicamente a la instalación de la estación transformadora aduciendo afecciones a nivel ambiental y de salud para los pobladores del lugar.

Después de mucho tiempo en que se sucedieron marchas y protestas de los vecinos, la empresa pareció dar marcha atrás con la instalación de la obra. Sin embargo, hace poco se conoció mediante fotografías que la obra se estaba ejecutando dentro de la empresa, que queda al lado de una escuela, a la vuelta de una facultad universitaria y enfrente del Ministerio de Salud. “Si nos oponíamos a que la obra se instale al fondo del Cementerio El Salvador, más nos oponemos ahora que la obra está al lado de una escuela”, aseguran los vecinos del lugar.

La abogada y titular de la asociación de defensa del consumidor CODELCO, Alicia Chalabe, explicó a nuestro medio que “era una alternativa a realizarla en el propio terreno de la empresa, lo que sucede es que la regulación a la que se ha sometido la aprobación de esta obra que era de decretos provinciales en los que se aprueba y se da la factibilidad ambiental y se establece qué se va a hacer”.

“La regulación de la obra es muy débil y no tiene las razones que establece la regulación nacional Nº 77/1998 de la Secretaría de Energía que cumple parámetros mucho más estrictos en un manual de gestión ambiental del sistema de transporte eléctrico para realizar este tipo de obras y de estación transformadora”, indicó.

La abogada afirmó que “esta legislación nacional que rige en todos los proyectos que son nacionales, establece en un artículo los parámetros ambientales, donde se tienen en cuenta los efectos visuales y los defectos, como el ‘efecto corona’ o la radiointerferencia, es decir, el campo que genera este tipo de estación. Lo más importante es que esta obra prevé en los parámetros ambientales que en las zonas pobladas se debe respetar la trama urbana y tienen que tratar de utilizar espacios públicos no destinados a parques, lugares turísticos o recreativos para la comunidad, y también se sugiere el alejamiento de predios destinados a alojar o realizar actividades tales como escuelas, hospitales, hospicios, geriátricos o lugares con mucho público”.

“A nivel nacional existe otro parámetro diferente del que se está utilizando acá en Jujuy. Lo que no se discutió en ningún momento es que se estableció hacer esta obra y la Dirección de Ambiente en ese momento establece un estudio de impacto ambiental simplificado por una norma provincial que es mucho más laxa y más débil en cuanto a los parámetros nacionales que la norma nacional”, subrayó.

Y agregó que “por eso es que, a partir de esa norma, no se realiza audiencia pública y no se cumple también con parámetros ambientales establecidos por la ley nacional de presupuestos mínimos ambientales, que tiene todo un capítulo destinado a la audiencia pública, por ejemplo, como necesaria para aprobar o no una obra de envergadura que vaya a impactar el ambiente”.

“Por eso es que a raíz de conocer estos antecedentes, las normas son más estrictas y cumplen con una serie de requisitos que deben hacer”, señaló.

Asimismo, Chalabe enfatizó que “evidentemente es algo que está mal, no hay duda de que un criterio técnico no puede ser tan distante de otro, una norma nacional muy estricta y una norma provincial que lo permite todo. Evidentemente allí hay una contradicción muy fuerte y debe primar la salud de la población, la seguridad y el principio precautorio del derecho ambiental, que dice que ante la incerteza científica de que una obra vaya a producir daño o no, no puede impedir que se realice una obra en estas condiciones”.

“Si antes los vecinos se quejaban por una obra que estaba al fondo del Cementerio El Salvador, mucho más ahora que la tienen enfrente de escuelas, universidades y muchos lugares de actividad pública”, dijo.


Daños a la salud


En cuanto a los daños a la salud que la obra puede producir, Chalabe sostuvo que “se está estudiando en el mundo entero qué tipo de daños pueden producir las ondas electromagnéticas, los teléfonos celulares, las antenas de telefonía móvil. Todavía no se conoce, pero se está analizando”.

“El argumento que ponen ellos es que es necesaria la energía, y obvio que es así. La razón por la que esta obra se instala en los fondos de la empresa se desconoce, no es que no haya terrenos en Jujuy, se puede hacer esta obra a 10 ó 15 kilómetros de la ciudad, lo que sucede es que sale plata y ¿quién va a poner ese dinero?”, argumentó.


Presentaciones legales


En referencia a si los vecinos efectuarán presentaciones legales al respecto, la abogada puntualizó que “eso depende de los vecinos y de las personas que puedan sentirse afectadas por la obra, porque es una obra que se planteaba la imposibilidad de hacerse en el fondo del cementerio y ahora se hace frente a escuelas, es una incoherencia absoluta si se piensa en esos términos”, concluyó.

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