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¿Si cobro el "nuevo IFE" puedo tener reintegros del Compre sin IVA?

El programa de reintegro del IVA en la compra de productos de la canasta básica con tarjeta de débito comenzó a regir desde el lunes pasado.  Pero muchos ya se preguntan si ambos beneficios son compatibles.

El ministro de Economía, Sergio Massa, y la titular de ANSES, Fernanda Raverta, anunciaron un bono para trabajadores informales de $94.000 a pagar en dos cuotas de $47.000 pesos, los próximos 15 de octubre y noviembre. Sería algo similar al IFE, que se pagó en época de pandemia, pero con un menor alcance. ¿Pero esta medida es compatible con el reintegro del IVA?

El programa de reintegro del IVA en la compra de productos de la canasta básica con tarjeta de débito comenzó a regir desde el lunes pasado. Alrededor de 20 millones de personas podrán obtener el beneficio en la adquisición de alimentos y productos de higiene personal y podrán acceder a un reintegro con un tope de $18.800.

Tras el anuncio para informales la pregunta recayó en si ambos beneficios pueden ser compatibles y la respuesta es sí. De acuerdo a la ANSES, podrán acceder a los $94.000 aquellos que no tienen consumos con tarjetas de débito y billeteras virtuales iguales o mayores a $90.000 en los meses de junio y julio 2023. Por lo tanto, no incluye a aquellos que realizaron consumos en agosto y septiembre donde más se aceleró la inflación en alimentos.

Y, al mismo tiempo, también se solicita en ambos casos que se disponga de una cuenta bancaria a su nombre. Sólo vas a poder recibir el refuerzo en una CBU válida.

"Nuevo IFE" (Bono de $94.000): cuáles son los requisitos para acceder

  • Tener entre 18 a 64 años (al 30/09/2023).
  • Contar con al menos 2 años de residencia permanente en la Argentina.
  • No contar con ingresos registrados, es decir, no tener trabajo formal ni ser monotributista, autónomo o trabajadora o trabajador de casas particulares.
  • No contar con ningún tipo de asistencia económica del Estado, es decir, no ser titular de la Asignación Universal por Hija e Hijo (AUH), Asignación por Embarazo, Progresar o Prestación por Desempleo ni de programas sociales como Potenciar Trabajo, entre otros.
  • No ser jubilada, jubilado, pensionada o pensionado.
  • No contar con cobertura de salud.
  • No tener registrados a tu nombre automóviles de menos de 10 años de antigüedad (no aplica a motocicletas).
  • No tener registrados a tu nombre inmuebles, aeronaves o embarcaciones.
  • No tener consumos con tarjeta de débito y/o billeteras virtuales iguales o mayores a $90.000 en los meses de junio y julio 2023.
  • No tener consumos acumulados con tarjeta de crédito iguales o mayores a $120.000 (sumados entre junio y julio 2023).
  • No tener acreditaciones iguales o mayores a $90.000 en cuentas bancarias o billeteras virtuales en los meses de junio y julio 2023.
  • No haber operado activos financieros ni moneda extranjera en los últimos 6 meses.
  • No tener plazos fijos durante el período de junio o julio de 2023.
  • Si tenés entre 18 y 24 años, y no tenés hijos a cargo o cónyuge, se evaluará tu grupo familiar. No debiendo, tus padres contar con ingresos iguales o superiores a 3 Salarios Mínimos Vitales y Móviles o haber comprado activos financieros (bonos, acciones) o moneda extranjera ni tener plazos fijos. Tampoco podrán poseer embarcaciones, aeronaves o haber declarado bienes personales.
  • Tener una cuenta bancaria a tu nombre. Sólo vas a poder recibir el refuerzo en una CBU válida, es decir, no vas a poder ingresar cuentas de billeteras virtuales o CVU.

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