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El barbijo, otra vez en la mira: ¿hasta cuándo será obligatorio en escuelas?

Padres, dirigentes y especialistas insisten en la necesidad de quitarles el tapabocas a los chicos. Algunos países ya eliminaron la obligatoriedad de su uso en las aulas. En Jujuy, se decidió que no será obligatorio para 1er y 2do grado.

Al igual que al cierre del año pasado, el barbijo vuelve a estar en el centro de la polémica de cara al ciclo lectivo 2022. Con los padres a la cabeza, pero también ahora de la mano de dirigentes políticos y especialistas, son cada vez más las voces que se alzan en contra de la obligatoriedad del tapabocas en las escuelas.

La semana pasada, se aprobó por unanimidad el nuevo protocolo que regirá para el próximo ciclo lectivo a nivel nacional. El instructivo flexibiliza algunas pautas de cuidado: elimina el concepto de burbujas y exime del aislamiento a los contactos estrechos asintomáticos que tengan el esquema de vacunación completo. Pero, tal como se preveía, sostiene el uso de barbijo obligatorio para los chicos desde primer grado.

Pese a ello, recientemente se supo que Jujuy no comparte del todo la medida y decidió que no sea obligatorio para 1er y 2do grado.

Al oficializarse las nuevas pautas escolares se reinstaló el debate por el uso del barbijo. ¿Es necesario que los chicos -la población de menor riesgo ante el Covid-19- utilice tapabocas mientras los adultos ya no lo usan en prácticamente ningún espacio? En esta etapa de la pandemia, ¿los beneficios sanitarios de usar barbijo superan los costos en términos de aprendizaje y desarrollo que la mascarilla dificultan?

María José Navajas, cofundadora de Padres Organizados, dijo: “Seguimos pidiendo que se priorice el bienestar superior de niños y adolescentes, su derecho a la educación y a la salud integral. Y por eso exigimos la eliminación de todas las medidas extraordinarias impuestas sobre ellos. Las autoridades comunican los protocolos sin explicar a la ciudadanía la evaluación del costo beneficio para los chicos, ni mostrar evidencia científica que avale las restricciones”.

Navajas abre otra arista en la discusión: la responsabilidad de los padres sobre sus hijos. “La exigencia del uso de barbijos también supone un desconocimiento de los deberes y derechos de la Responsabilidad Parental, (Código Civil y Comercial, art. 638 a 704), ya que el Estado se arroga la potestad de decidir sobre la salud y el bienestar de niños y adolescentes, sin considerar las decisiones individuales de las familias”, expresó.

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Con datos de Infobae

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