Habrá devolución a los contribuyentes por el impuesto a los bienes personales
Será para los que ya realizaron el primer anticipo y también para los que pagarán menos por el cambio en el piso y en las alícuotas.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) les devolverá dinero a los contribuyentes que ya cumplieron con el primer anticipo del pago de Bienes Personales y que, por el cambio en la ley de este impuesto, no tenían que pagar. La devolución del anticipo, se realizará a través de la cuenta bancaria del contribuyente.
Esto se debe a que el primer anticipo de Bienes Personales ya venció y muchos contribuyentes ya lo pagaron sin tener en cuenta las modificaciones de la ley votada por el Congreso. En este sentido, podría corresponder la devolución si el contribuyente ahora no tiene que pagar por ser "buen cumplidor", es decir, por no haber ingresado en blanqueos previos y haber declarado todos sus bienes, habiendo presentado las correspondientes declaraciones juradas.
La otra posibilidad es que el contribuyente "incumplidor" tuviera que pagar a priori, pero en los hechos quedó eximido (o debe pagar menos de anticipos) porque en la ley subió el mínimo de $ 305.000 a $ 800.000. En este caso, también se le debe efectuar el recálculo tanto del primer anticipo como de los siguientes. Y si bien algunos funcionarios de la AFIP explicaron que el cálculo lo debe hacer el propio contribuyente, otros explicaron que el organismo debe reglamentar esa herramienta.
Con relación al impuesto se estableció un piso de $ 905.000 para 2017 y de $ 1.050.000 para 2018.
Por otra parte, disminuye en forma ostensible la alícuota a pagar: 0,75% para el ejercicio 2016, 0,50% para 2017 y 0,25% para 2018.
Aunque a priori el Gobierno pensaba en eliminar el impuesto en 2019, en el Congreso se eliminó esta alternativa. De todos modos, los tributaristas creen que en la reforma tributaria que encarará el Poder Ejecutivo se restablecerá el impuesto a la herencia desde 2019.
Por otro lado, el contribuyente que quiera ingresar al blanqueo de capitales pero sin repatriar sus divisas podrá pagar el impuesto correspondiente en una cuenta del Banco Nación.
El principal banco nacional será la vía para ingresar el concepto del 10% hasta fin de año y del 15% hasta el año próximo.
El pago se realizará por medio de un volante especial de pagos que estará disponible en la página de la AFIP en Internet.

