La Cámara Federal de Casación Penal hizo saber este lunes que el próximo 13 de noviembre dará a conocer su sentencia en la causa “Vialidad”, en la que la ex presidenta Cristina Kirchner fue condenada a seis años de prisión. La decisión fue tomada por los jueces Gustavo M. Hornos, Mariano Hernán Borinsky y Diego Barroetaveña, tras rechazar un último planteo de la defensa de la ex presidenta.
El 13 de noviembre se conocerá el fallo contra Cristina Kirchner por la causa Vialidad
Se trata de la decisión en donde se debate si se confirma la sentencia a 6 años de prisión para la ex presidente. La fiscalía quiere que se la condene además por asociación ilícita y la defensa reclama su absolución.
a instancias del Presidente de la Sala, Gustavo Hornos, los camaristas se reunieron en acuerdo y dispusieron rechazar una serie de planteos efectuados por la defensa de la ex presidenta y convocar una audiencia para la lectura de sentencia: será el próximo 13 de noviembre a las 10 de la mañana.
No es habitual que la Casación haga público su sentencia en una audiencia. Habitualmente las notificaciones le llegan a los abogados y los fiscales vía el sistema informático del Poder Judicial. La noticia sobre la convocatoria a una audiencia para lectura del fallo se tomó este mediodía en los tribunales de Comodoro Py 2002. Apenas unos minutos después se conocía que públicamente la carta de Cristina Kirchner lanzándose como candidata a presidir el PJ Nacional, pidiendo la unidad del peronismo. Ya en los últimos días de la semana pasada, en su entorno habían salido a proclamar su postulación.
Mientras tanto, desde las últimas semanas se esperaban las definiciones en la Cámara Federal de Casación Penal en la causa Vialidad. Incluso en los pasillos de tribunales se daba por descontado cuál sería la decisión de los jueces, con una confirmación de una condena a seis años de prisión. La filtración de esa información llevó a una serie de planteos de la defensa de la ex jefa de Estado.
Hoy los jueces Hornos, Borinsky y Barroetaveña se reunieron para avanzar en la causa: rechazaron los planteos y convocaron a la audiencia para dar lectura de la sentencia que tomarán. Hasta esa fecha seguirán deliberando, indicaron fuentes judiciales.
En diciembre del 2022, luego de tres años y medio de debate oral y público y la fuerte acusación de los fiscales Diego Luciani y Sergio Mola que terminó con la frase “es corrupción o justicia”, el Tribunal Oral Federal 2 condenó a Cristina Kirchner, al empresario Lázaro Báez, al ex secretario de Obras Públicas José López, al ex titular de la Dirección Nacional de Vialidad Nelson Periotti y cinco ex funcionarios de Santa Cruz a penas de entre seis y tres años de prisión. La Vicepresidenta, además, recibió la inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos. Y fueron absueltos el ex ministro de Planificación Federal Julio De Vido, los ex funcionarios de esa cartera Abel Fatala y Carlos Kirchner -primo del ex presidente Néstor Kirchner- y el ex funcionario de Santa Cruz Héctor Garro.
La sentencia fue dictada por los jueces Jorge Gorini, Rodrigo Giménez Uriburu y Andrés Basso. Los tres estuvieron de acuerdo en condenarla por administración fraudulenta. En cambio por dos votos a uno quedó absuelta por asociación ilícita. Solo Basso votó por condenarla por ese delito. Los otros jueces dijeron que no existió la pluralidad de delitos que reclama esa figura penal. El tribunal también instó al decomiso de 84 mil millones de pesos: puntualmente, $84.835.227.378,04 por el perjuicio ocasionado.
En el juicio, el tribunal oral dio por probado que durante los gobiernos de Néstor y Cristina Kirchner el empresario Báez recibió de manera irregular obras públicas viales para la provincia de Santa Cruz. Una prueba clave fue la que el fiscal Luciani llamó en el juicio oral el plan “limpiar todo”. Se trató de los mensajes de WhatsApp que se encontraron en el celular de López cuando fue detenido en junio de 2016 en el convento de General Rodríguez con bolsos con nueve millones de dólares.
Esos mensajes dan cuenta de reuniones de López con Cristina Kirchner, con Báez, comunicaciones con Julio Mendoza -presidente de Austral Construcciones- y de encuentros del empresario con la entonces presidenta en noviembre de 2015, a pocos días de que Mauricio Macri asumiera la presidencia de la Nación. Allí se hace referencia a que Báez tenía que cobrar todo lo que sé le adeudaba antes que Cristina Kirchner deje el gobierno para después cerrar las empresas.
“Tenemos la certeza de que, mediante la tramitación de cincuenta y un procesos de licitación pública para la construcción de obras viales sobre rutas nacionales y provinciales en la provincia de Santa Cruz, entre los años 2003 y 2015, tuvo lugar una extraordinaria maniobra fraudulenta que perjudicó los intereses pecuniarios de la administración pública nacional en los términos y condiciones establecidos por la ley penal”, sostuvo el tribunal.
La maniobra buscó “asegurar y disimular un beneficio ilegítimo a favor de, por lo menos, dos de las personas imputadas en este proceso: Cristina Fernández de Kirchner y Lázaro Antonio Báez”. Y el tribunal añadió:”la comprobación de las circunstancias descriptas ha guiado las condenas dictadas en el marco de esta causa respecto de personas en ejercicio de la función pública nacional y provincial quienes, violando sus deberes sobre el manejo, la administración o el cuidado del patrimonio lesionado, y con el fin de procurar un lucro indebido, perjudicaron los intereses confiados y obligaron abusivamente al Estado Nacional”.
La defensa de Cristina Kirchner rechazó en cada una de las instancias las acusaciones en su contra. El abogado Alberto Beraldi habló de “la absoluta inocencia de Cristina Fernández de Kirchner” y calificó de “inadmisible e improcedente” la apelación del fiscal Luciani pidiendo una condena a 12 años de prisión. Los otros acusados también rechazaron las condenas dictadas.
Si Casación confirma el fallo del tribunal oral, la única instancia que le queda a la ex presidenta para que la decisión no quede firme es la Corte Suprema. Pero si Casación modificara el criterio del tribunal oral, se abría una instancia conocida como “Casación horizontal” en donde otra sala del máximo tribunal revisaría a sus colegas, y luego recién ahí -apelación mediante- llegaría a la Corte. Recien entonces, cuando no haya más instancias, el fallo quedará firme.