A la par, las respuestas de la compañía energética dejaron mucho que desear.
Análisis y cuestionamientos
La abogada de PROCONSUMER, Claudia González, dialogó con Radio 2 y analizó la situación contractual de la empresa EJESA y el rol del Estado provincial. Aunque el gobierno emitió un decreto de emergencia energética, la especialista remarcó que las fallas de fondo responden a la falta de inversión en infraestructura y a una falta de fiscalización efectiva por parte de la Superintendencia de Servicios Públicos (SUSEPU).
La letrada recordó que la responsabilidad primaria del suministro eléctrico recae constitucionalmente sobre el Estado provincial, el cual concede la explotación a un privado pero mantiene la obligación inalienable de ejercer el control.
- Dominio provincial: Todas las instalaciones, cables, vehículos y locales utilizados por EJESA son propiedad del Estado provincial y deberán retornar al finalizar la concesión.
- Mantenimiento deficiente: Señaló que la caída de postes y cables responde a la obsolescencia natural de los materiales (como postes de madera podridos) y a la falta de reemplazo oportuno del cableado.
- Poda y arbolado: Aclaró que la obligación legal de despejar el tendido eléctrico aéreo para evitar cortocircuitos recae sobre EJESA, deslindando la responsabilidad exclusiva de los municipios.
"Lo que hemos visto es que la falta de inversión y el desgaste natural del cableado incidieron directamente en la gravedad de las consecuencias", sentenció.
Además, Gonzáles expuso serias irregularidades operativas que afectaron directamente a los usuarios durante la contingencia:
- Insuficiencia de cuadrillas: Se cuestionó que EJESA deba recurrir a auxilio externo (como equipos traídos de Tucumán) o subcontratar personal para abaratar costos, evidenciando la fragilidad de sus planes de contingencia.
- Canales de atención colapsados: Miles de usuarios reportaron la imposibilidad de comunicarse con la línea 0800 oficial, debiendo recurrir a mensajería automática (WhatsApp) para registrar reclamos que no resolvían la falta de suministro.
- Incumplimiento en cortes por mora: Se denunció que, en situaciones habituales, la empresa suele ejecutar cortes de servicio sin emitir el preaviso obligatorio de 2 a 5 días fijado en el reglamento de suministro.
La especialista también apuntó contra la SUSEPU, señalando que cuenta con una conformación fundamentalmente política (integrada por representantes del Ejecutivo y bloques legislativos), lo que debilita su capacidad de exigencia técnica.