Jujuy | Beneficio |

Las personas trasplantadas viajan gratis

La Ordenanza fue sancionada por el Concejo Deliberante. Regirá en jurisdicción del departamento “Dr. Manuel Belgrano” en el marco de la Ley Nacional N° 26928 de “Creación del Sistema de Protección Integral de Personas Trasplantadas”

Mediante el decreto N° 1134/17/041 se prestó conformidad a la Ordenanza N° 7004/17 sancionada en su oportunidad por el Concejo Deliberante a través de la cual se establece el “transporte gratuito”  personas trasplantadas en jurisdicción del departamento “Dr. Manuel Belgrano” en el marco de la Ley Nacional N° 26928 de “Creación del Sistema de Protección Integral de Personas Trasplantadas”.

La medida fue adoptada tras observarse que no existe objeción a la normativa nacional. Los beneficiarios deberán estar inscriptas en el Registro Nacional de Procuración y Trasplante y residir en San Salvador de Jujuy.

Las empresas de servicios públicos de transporte urbano de colectivo de pasajeros deberán transportar gratuitamente a las personas que hayan recibido un trasplante y se encuentren inscriptos en el Registro Nacional de Procuración y Trasplante y en la lista de espera del Sistema Nacional de Procuración y Trasplante de la República Argentina (SINTRA) y con residencia en esta ciudad.

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