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Bono de $20.000: el gobierno oficializó el refuerzo para asignaciones familiares

La medida alcanzará a más de un millón de familias, según adelantó la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses). Conocé cuándo se paga y quiénes lo cobran.

El Gobierno formalizó el refuerzo mensual para las asignaciones familiares que perciben los sectores de menores ingresos, y que las llevará a un mínimo de $20.000 por tres meses, a través del decreto 578/2022 publicado hoy en el Boletín Oficial.

El mismo precisó que el refuerzo mensual se abonará a los trabajadores y las trabajadoras que presten servicios remunerados en relación de dependencia en la actividad privada o pública nacional, así como los temporarios y aquellos que realicen tareas en forma discontinua, y las personas titulares de la prestación por desempleo, siempre que el ingreso del grupo familiar no supere los $ 131.208 mensuales.

El monto se abonará por cada hijo e hija, en setiembre, octubre y noviembre y consistirá en una suma fija no remunerativa equivalente a la cantidad necesaria hasta alcanzar la suma de $ 20.000, incluido el valor general de la asignación, que va de $ 8.471 a $ 18.270 para el primer rango de ingresos.

Los detalles del decreto

ARTÍCULO 1°.- Establécese un Refuerzo Mensual, en los términos dispuestos en el presente decreto, para las personas titulares de la Asignación por Hijo e Hija, e Hijo e Hija con Discapacidad.

ARTÍCULO 2°.- El Refuerzo Mensual se abonará a:

  • Los trabajadores y las trabajadoras que presten servicios remunerados en relación de dependencia en la actividad privada o pública nacional, siempre que el ingreso del grupo familiar establecido por el Decreto Nº 1667/12 se encuentre dentro del primer rango de ingresos fijado por la Resolución ANSES Nº 202/22;
  • Las personas titulares de la Prestación por Desempleo de las Leyes Nros. 24.013, 25.191 y 25.371, siempre que el ingreso del grupo familiar establecido por el Decreto Nº 1667/12 se encuentre dentro del primer rango de ingresos fijado por la Resolución ANSES Nº 202/22;
  • Las personas titulares comprendidas en el artículo 1° del Decreto N° 592/16 que perciban las asignaciones familiares del primer rango fijadas por la Resolución ANSES Nº 202/22.

ARTÍCULO 3°.- El monto del Refuerzo Mensual se abonará por cada hijo e hija, en los meses de septiembre, octubre y noviembre de 2022 y consistirá en una suma fija no remunerativa equivalente a la cantidad necesaria hasta alcanzar la suma de PESOS VEINTE MIL ($20.000), incluido el Valor General de la Asignación por Hijo e Hija correspondiente al primer rango de ingresos fijado por la Resolución ANSES N° 202/22 y el Complemento Mensual de Asignaciones Familiares establecido en el inciso a) del artículo 4° del Decreto N° 719/21 para las personas comprendidas en el artículo 2° del presente decreto.

ARTÍCULO 4°.- El Refuerzo Mensual que se otorga por el presente decreto se abonará a las personas titulares que hayan percibido en el mes de septiembre de 2022 las Asignaciones por Hijo e Hija y/o Hijo o Hija con Discapacidad correspondientes al mes de julio de 2022; en el mes de octubre de 2022 las correspondientes al mes de agosto de 2022 y en el mes de noviembre de 2022 las correspondientes al mes de septiembre de 2022; y no será susceptible de descuento alguno ni computable para ningún otro concepto.

ARTÍCULO 5°.- Facúltase a la SECRETARÍA DE SEGURIDAD SOCIAL del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL y a la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES), en el ámbito de sus respectivas competencias, a dictar las normas aclaratorias y complementarias necesarias para la implementación del presente decreto.

FUENTE: Ámbito

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