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ANMAT prohibió varios aceites de cannabis y un producto estético inyectable

Entre las firmas figura Cannatural Argentina. Las medidas fueron aplicadas mediante resoluciones en el Boletín Oficial.

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió este miércoles una serie de aceites nutricionales y a base de cannabis, así como una crema de mismas características y un producto estético inyectable.

Se trata de las disposiciones 5034, 5035 y 5036/2025. En primer término, la Disposición 5034/2025 establece la prohibición del "uso, comercialización y distribución" en el territorio nacional del "ECONatural Laboratorios, Aceite CBD suplemento nutricional". En su detalle el mismo es "decorboxylated, 10 ml 5% CBD, medicamento de venta libre, vía sublingual, fabricado por Laboratorios Econatural S.A", en Chile.

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Nuevas prohibiciones de ANMAT: aceites y productos estéticos

La norma sostiene que las actuaciones comenzaron a partir de una inspección del personal del Departamento de Control de Mercado en sede de la farmacia Homeopática de Flores de Alrone S.A., ubicada en Av. Rivadavia 6150, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

En las instalaciones se detectaron cuatro 4 unidades del producto con vencimiento 10/2026. El mismo se proponía tratar enfermedades como: Todo tipo de cáncer, Depresión, Estrés Crónico, Artritis, Trastornos de estrés postraumático, Glaucoma, Enfermedad de Alzheimer, Cefalea, Trastorno obsesivo- compulsivo, Esclerosis múltiple (EM)", entre otras.

La Dirección de Gestión de la Información Técnica aclaró que “no consta autorización de producto vegetal a base de cannabis y sus derivados ni registro de inscripción en el Registro de Especialidades Medicinales (REM) de esta Administración Nacional, del producto de nombre comercial”.

De esta manera, mencionaron que “el producto simula una composición natural" y a su vez "se desconoce su real composición, las condiciones en las que se elaboró, la calidad de las materias primas que se usaron para su fabricación y en definitiva su origen".

Por su parte, la Disposición 5035/2025 prohíbe el "uso, la distribución y la comercialización" en todo el país de:

  • “CANNATURAL ACEITE CBD suplemento nutricional, vía oral”
  • CANNAVID ACEITE CBD suplemento nutricional vía oral”,
  • “CANNATURAL CREMA ANALGÉSICA. Uso externo"
  • “ACEITE DE CANNABIS suplemento nutricional, bionnatural”.
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Además, prohíbe a las firmas “Cannatural” y/o “Cannatural Argentina” las acciones de "importar, fabricar, comercializar y distribuir productos que contengan aceite de cannabis, CBD y CBD Y THC", hasta contar con las habilitaciones sanitarias necesarias.

El denunciante fue el Colegio de Farmacéuticos de la provincia de Buenos Aires, a raíz de una página web donde se ofrecían distintos productos que declaran contener "aceite CBD", como ser:

  • Cannatural ACEITE CBD suplemento nutricional 30% vía oral, 30ml,
  • CANNAVID ACEITE CBD suplemento nutricional 40% vía oral,
  • Cannatural Crema Analgésica con árnica por 100 g, ingredientes Cannabis, árnica, enebro, alcanfor y mentol, uso externo
  • ACEITE DE CANNABIS suplemento nutricional 20 % CBD 5%THC, 20 ML. bionnatural.

El documento sostiene que "la empresa afirmaba dedicarse a la importación y distribución de aceites de CBD", junto a ventas mayoristas para distribuidores, revendedores y comercios y productos con análisis de laboratorio.

Esto era a la par de que dicha web no diera "cuenta de las habilitaciones sanitarias de la firma, ni de las autorizaciones de los productos que ofrecía". Así, el producto "pretendía disimular que se trataba de un medicamento, refiriendo en su rótulo ser un “suplemento nutricional” pero afirmando ser efectivo para el tratamiento de varias patologías".