ANMAT prohibió un desinfectante y varios insumos médicos
La medida alcanza a un desinfectante sin datos obligatorios, equipos médicos que habían sido robados y tornillos para implantes vencidos que fueron reacondicionados con nuevas fechas de uso.
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) dispuso la prohibición de uso, comercialización y distribución en todo el país de distintos productos por irregularidades que, según el organismo, podían representar un riesgo para los usuarios.
Las medidas alcanzan a un desinfectante de superficies sin la información obligatoria en su envase, a un ecógrafo y transductores que habían sido robados y cuyo estado de conservación se desconoce, y a tornillos destinados a implantes que estaban vencidos y habían sido falsificados y reacondicionados.
ANMAT: prohibió un desinfectante por graves irregularidades y equipos médicos
A través de la disposición 5730/2026, publicada en el Boletín Oficial, la ANMAT prohibió las unidades del desinfectante de superficies Clean On que no cuentan con datos sobre lote, fecha de elaboración, vencimiento ni dosis de uso y que, además, presentan un segundo rótulo con gráficos de microorganismos.
La investigación se inició a partir de denuncias por la comercialización de productos de esa marca sin registro ante la ANMAT. Durante el procedimiento se incorporó una factura correspondiente a la compra de un desinfectante de superficies de diez litros en un comercio de la Ciudad de Buenos Aires.
En el envase, el producto figuraba como elaborado por Nolor S.R.L. y consignaba números de Registro Nacional de Establecimiento (RNE) y de Registro Nacional de Productos de Uso Doméstico (RNPUD). Sin embargo, el organismo comprobó que el rótulo de la muestra no coincidía con los autorizados y que tanto el establecimiento como los productos habían sido dados de baja.
Además, una inspección determinó que Nolor S.R.L. se encontraba inhibida para elaborar, fraccionar, importar y exportar productos domisanitarios debido a incumplimientos detectados. Representantes de la empresa reconocieron como propio uno de los rótulos, aunque negaron haber comercializado el producto sin información sobre lote y vencimiento y desconocieron la segunda etiqueta.
La ANMAT señaló que el desinfectante habría sido elaborado y comercializado por una firma distinta de la titular registrada ante el organismo, por lo que fue considerado un producto ilegítimo. También advirtió que se desconocen sus condiciones de elaboración y formulación, por lo que no es posible garantizar su calidad, seguridad y eficacia.
En otra de las disposiciones, la 5722/2026, el organismo prohibió un ecógrafo Doppler color portátil Mindray, un transductor cardiológico Mindray y un transductor lineal Mindray, luego de que los equipos fueran robados el 15 de julio del interior de un automóvil estacionado en la intersección de Manuel Quintana y la avenida 12 de Octubre, en Quilmes.
Según la denuncia policial, el vehículo pertenecía a un empleado de la firma titular del registro, que había finalizado su jornada laboral en el Sanatorio Urquiza. El ecógrafo, los transductores y el cargador estaban guardados dentro de un maletín.
Los equipos se encontraban registrados ante la ANMAT bajo la titularidad de Digimed S.A. y estaban clasificados como productos médicos de riesgo II. La prohibición fue adoptada debido a que se desconoce el estado actual y las condiciones de conservación de las unidades, lo que impide acreditar su legítima fiscalización.
Por último, mediante la disposición 5738/2026, la ANMAT prohibió el uso y la comercialización de cualquier “tornillo acondicionado individualmente” denominado “Bio Asist-Implants”.
Los productos fueron detectados durante una inspección realizada el 28 de mayo en la firma Ortopedia Implant’s, en la ciudad de San Juan. Allí, los inspectores encontraron tornillos para implantes con fechas de vencimiento originales ya cumplidas y etiquetas externas que extendían su plazo de uso.
En uno de los casos, un tornillo fabricado en noviembre de 2017 y con vencimiento en noviembre de 2022 tenía adherido otro rótulo que establecía como nueva fecha límite de uso marzo de 2028.
La empresa titular del registro confirmó que el tornillo y una de sus etiquetas eran originales, aunque aclaró que el producto no había sido envasado de la manera en que fue encontrado. También advirtió que la colocación de un adhesivo en contacto con el dispositivo podía afectar su integridad, limpieza, esterilidad y seguridad.
En otro caso, la ANMAT detectó un tornillo transversal fabricado en julio de 2013 y vencido en julio de 2018, que tenía una segunda etiqueta con enero de 2028 como nueva fecha límite de uso. Las empresas consultadas encontraron diferencias en los logotipos, los rótulos, los materiales de empaque y el código de barras, y señalaron que los envases no eran originales y que los productos habían sido manipulados por terceros.
El organismo concluyó que se trataba de productos médicos de riesgo III destinados a ser implantados en el cuerpo, que habían sido falsificados, vencidos y reacondicionados con nuevas fechas de vencimiento. Ante el “alto riesgo” para los potenciales usuarios, la ANMAT resolvió prohibirlos y ordenó realizar una denuncia judicial.