La resolución se dictó mediante el procedimiento de juicio abreviado y fue homologada por el tribunal integrado por los jueces penales Martín de Athayde Moncorvo, Alejandro Máximo Gloss y María Margarita Nallar, de acuerdo con lo estipulado por el Código Procesal Penal de la Provincia.
Los hechos imputados
De acuerdo con la investigación penal impulsada por el Ministerio Público de la Acusación, los ataques contra la menor de edad acontecieron entre marzo y octubre de 2025 en San Salvador de Jujuy. En ese período, el imputado ejercía como instructor deportivo de la víctima y se aprovechó de su posición como encargado de su educación y formación para cometer los abusos de manera reiterada.
Asimismo, la condena unificó una causa paralela iniciada en octubre de 2025, cuando el sujeto protagonizó un violento episodio de violencia de género en el que agredió físicamente a quien era su pareja, provocándole diversas lesiones tras una discusión.
Inhabilitación y banco genético
En el marco del acuerdo homologado —del que participaron la fiscalía, la querella particular y la defensa del acusado— el tribunal declaró a K.E.T. autor de los delitos de abuso sexual con acceso carnal agravado por el rol de encargado de la guarda o educación (hechos reiterados), corrupción de menores agravada y lesiones leves agravadas por el vínculo y por mediar violencia de género.
Además de la pena privativa de la libertad, las autoridades judiciales le impusieron una inhabilitación absoluta por el mismo plazo y ordenaron su inmediato traslado al Servicio Penitenciario de la Provincia.
Una vez que el fallo quede firme, se extraerá el perfil genético del condenado para su incorporación al Registro Nacional de Datos Genéticos vinculados a Delitos contra la Integridad Sexual.