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Subsidios de luz y gas: qué ingresos se deben tener para pedirlos y cómo hacer el trámite

El nivel de “altos ingresos” está calculado en base a la canasta básica, que aumenta mucho más rápido que los ingresos. El registro RASE permanece abierto.

El avance acelerado de la inflación hizo que el umbral de ingresos a partir del cual no se puede pedir subsidios a los consumos de servicios públicos trepara por encima de los $1.700.000 mensuales por familia. Eso hace que cada vez más usuarios que estaban calificados como N1, de “altos ingresos”, ahora califiquen para pagar tarifas parcialmente subvencionadas. El RASE, el registro que permite solicitar la ayuda estatal, está abierto y permite nuevas incorporaciones.

El Gobierno estableció un nuevo aumento para la tarifa de electricidad que rige en forma retroactiva para los consumos que tuvieron lugar desde el 1° de febrero y que estará vigente hasta abril. La suba, de más del 100%, afecta solamente a los usuarios de mayores ingresos o a los que renunciaron a subsidios por el hecho de no solicitarlos.

Mientras tanto, está en marcha una quita escalonada de subsidios a la tarifa de gas que aplicará aumentos también para esos consumos en el futuro cercano. La tarifa promedio para N1 pasará de $8.000 a $20.000 este mes.

En ese contexto, se estima que algo menos de un tercio de los usuarios residenciales están catalogados como N1 o de altos ingresos, ya sea porque sus ingresos mensuales superaron el máximo determinado por el Gobierno anterior cuando se creó el subsidio o porque directamente no pidieron quedar incluidos.

Pero a medida que la inflación aceleraba, ese umbral también fue creciendo en forma acelerada. La normativa vigente categorizar como N1 a las familias que cobran hasta 3,5 veces la canasta básica. Cuando se puso en marcha el Registro de Acceso a los Subsidios de Energía (RASE) ese umbral de altos ingresos equivalía a $348.869 mensuales de ingreso familiar. Pero el violento avance de los precios desde ese entonces cambió mucho ese nivel.

Hoy, el umbral a partir del cual no se puede solicitar subsidios alcanza los $1.735.294,11 de ingreso familiar mensual, es decir 3,5 canastas básicas para un hogar tipo 2 según lo define Indec, pero con un año y medio de inflación desbocada. Así, en el sector creen que sólo una parte de quienes califican para el subsidio están pagando tarifas subsidiadas, dado que los ingresos se han movido mucho más lento que el costo de la canasta básica.

Algunos de quienes nunca solicitaron los subsidios lo hicieron porque prefieren seguir teniendo acceso a la compra de dólares en el mercado formal, pero los aumentos de tarifas concretados y por venir pueden hacer cambiar esa ecuación. Una factura N1 promedio pasaría de $8.400 a casi $20.000 por mes este frebrero, un aumento que los hogares registrados como de ingresos medios no van a percibir si se mantienen dentro de los límites de consumo (440 kWh por mes). Y, aún si los superan, los experimentarán en forma parcial.

¿Cómo inscribirse para recibir subsidios?

Mientras tanto, el Gobierno nacional mantiene abierta la inscripción del registro para solicitar el mantenimiento de los subsidios a la energía eléctrica y el gas natural, cuya inscripción es obligatoria en caso de que se desee continuar con el beneficio.

Los interesados deberán ingresar al siguiente sitio Web: www.argentina.gob.ar/subsidios y realizar un trámite que en principio debería demorar sólo unos minutos.

Antes de empezar el trámite vía online desde la Secretaría de Energía de la Nación recomiendan tener a mano la siguiente documentación:

  • El número de medidor y el número de Cliente/Servicio/Cuenta/Contrato o NIS que están en tu factura de energía eléctrica y gas natural por red. Se puede ingresar al siguiente enlace: https://www.argentina.gob.ar/subsidios/facturas
  • El último ejemplar de tu DNI.
  • El número de CUIL de cada integrante del hogar mayor de 18 años.
  • Los ingresos de bolsillo de cada integrante del hogar mayor de 18 años.
  • Una dirección de correo electrónico.
  • Si en el domicilio de los servicios funciona un comedor o merendero comunitario registrado en el ReNaCOM, tené a mano el número de registro.

¿Cómo es la segmentación?

Está organizada en tres niveles.

Segmento de ingresos altos (N1)

  • Son hogares que declaran reunir alguna de las siguientes condiciones, considerando a todas y todos los convivientes:
  • Ingresos mensuales totales del hogar equivalentes o superiores a $1.735.294,11 (3,5 canastas básicas para un hogar tipo 2 según el INDEC). Excepción: para aquellos hogares ubicados en el partido de Patagones (Buenos Aires), Chubut, La Pampa, Neuquén, Río Negro, Santa Cruz o Tierra del Fuego, A. e IAS, los ingresos mensuales totales para pertenecer al segmento de mayores ingresos deberán ser equivalentes o superiores a $2.117.058,82.
  • Tener 3 o más vehículos con una antigüedad menor a 5 años.
  • Tener 3 o más inmuebles.
  • Poseer una embarcación, una aeronave de lujo o ser titular de activos societarios que demuestren capacidad económica plena.

Segmento de ingresos medios (N3)

  • Son aquellos hogares que no se encuentran dentro del segmento de mayores ingresos y cumplen alguna de las siguientes condiciones:
  • Ingresos mensuales totales entre $495.798,32 y $1.735.294,11 (entre 1 y 3,5 canasta básicas para un hogar tipo 2 según INDEC). Excepción: para hogares con una o un conviviente con Certificado Único de Discapacidad (CUD), los ingresos mensuales totales para formar parte de este segmento pueden variar entre $743.697,48 y $1.735.294,11 (entre 1,5 y 3,5 canastas básicas para un hogar tipo 2 según INDEC).
  • Poseer hasta 2 inmuebles.
  • Poseer hasta 1 vehículo con menos de 3 años de antigüedad. Excepción: los hogares con una o un conviviente con Certificado Único de Discapacidad (CUD) pueden poseer hasta 1 vehículo con menos de 3 años de antigüedad para formar parte del segmento de ingresos medios.

Segmento de menores ingresos

Son hogares que, considerando en conjunto a las y los integrantes del hogar, cumplen las siguientes condiciones:

  • Ingresos netos menores a $495.798,32 (1 canasta básica total para un hogar tipo 2 según INDEC). Excepción: para hogares con una o un conviviente con Certificado Único de Discapacidad (CUD), los ingresos mensuales totales para formar parte de este segmento deben ser menores a $743.697,48 (1,5 canastas básicas para un hogar tipo 2 según INDEC).
  • Poseer hasta 1 inmueble.
  • No poseer 1 vehículo con menos de 3 años de antigüedad. Excepción: los hogares con una o un conviviente con Certificado Único de Discapacidad (CUD) pueden poseer hasta 1 vehículo con menos de 3 años de antigüedad para formar parte del segmento de menores ingresos.

Serán incluidos dentro de este segmento los hogares que, además de no cumplir las condiciones para formar parte del segmento de mayores ingresos, tengan:

  • Una o un integrante con Certificado de Vivienda expedido por el ReNaBaP.
  • Una o un integrante del hogar posea Pensión Vitalicia a Veteranos de Guerra del Atlántico Sur.
  • Una o un integrante con Certificado Único de Discapacidad (CUD). Excepción: en el caso de que el hogar con CUD tenga ingresos mensuales totales del hogar que superen los $743.697,48 (1,5 canastas básicas para un hogar tipo 2 según INDEC) y/o sean propietarios de 2 o más inmuebles, se lo ubicará en el segmento de ingresos medios.
  • Domicilio en donde funcione un comedero o merendero comunitario registrado en el RENACOM. Excepción: en el caso de que en el hogar funcione un comedero o merendero comunitario registrado en RENACOM y que los ingresos sean mayores a $495.798,32 (1 canasta básica total para un hogar tipo 2 según INDEC) y/o posean 2 o más inmuebles o 1 vehículo con menos de 3 años de antigüedad, se lo ubicará en el segmento de ingresos medios.

¿Tengo que inscribirme si recibo una asignación, una pensión o jubilación?

Sí, tienen que inscribirse todas las personas, incluyendo las que perciben una jubilación, pensión y/o son beneficiarias de programas sociales como la Asignación Universal por Hijo, Progresar y Potenciar Trabajo.

¿Puedo mantener el subsidio si alquilo o resido en la propiedad?

Sí, aunque el beneficiario no sea el propietario del domicilio, va a recibir el subsidio como persona usuaria de los servicios. Si la factura no llega a nombre del inquilino, igual se puede realizar la solicitud como usuario de los servicios indicando que no el beneficiario no es la persona titular.

¿Qué sucede si tengo más de un servicio de electricidad o gas a mi nombre?

En ese caso, solamente se deberán completar los datos del servicio de un solo domicilio.

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FUENTE: Infobae

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