Siniestro fatal en Ruta 66: agravan la imputación del conductor a doble homicidio con dolo eventual
La Fiscalía modificó la carátula inicial tras el avance de las pericias accidentológicas y telefónicas. Investigan si una distracción al volante derivó en la tragedia en la que murió un matrimonio.
- Doble homicidio: Agravan la imputación al conductor involucrado en el siniestro fatal de Ruta 66.
- Causa del accidente: Investigan si una distracción al volante causó el choque frontal.
- Pericias clave: Informes accidentológicos y de telefonía móvil determinarán la responsabilidad.
La causa que investiga el choque frontal ocurrido sobre Ruta Nacional N°66, donde fallecieron dos personas, dio un giro procesal determinante en los tribunales.
El Ministerio Público de la Acusación modificó la calificación legal contra el conductor del vehículo mayor, imputándolo por la presunta comisión del delito de doble homicidio con dolo eventual consumado y lesiones graves.
El trágico episodio ocurrió en mayo de este año sobre la autopista de la mencionada arteria, cuando una camioneta de gran porte se cruzó de carril e impactó de lleno contra el automóvil en el que viajaba el matrimonio integrado por José Ignacio Pinto y su esposa, acompañados por sus dos hijas en el asiento posterior.
Como consecuencia de la colisión, la pareja falleció en el lugar, mientras que las jóvenes sufrieron heridas de gravedad y continúan con su proceso de recuperación.
De la figura culposa al dolo eventual
En una primera instancia, la Investigación Penal Preparatoria (IPP) se abrió bajo la carátula de homicidio culposo. Sin embargo, el avance de las actuaciones y los planteos de la querella —encabezada por el abogado Carlos Sebastián Espada— llevaron a la fiscalía a encuadrar el hecho en una figura de mayor gravedad penal.
"Entendemos muy acertada la medida por parte del fiscal. Consideramos que la persona comprendía el peligro de su accionar y que con esa conducta podía terminar causando el fallecimiento de alguien", indicó el letrado representante de la familia de las víctimas.
El cambio de encuadre modifica drásticamente la escala penal: mientras que las figuras culposas contemplan penas menores, el homicidio simple con dolo eventual (artículo 79 del Código Penal) establece una pena que va de los 8 a los 25 años de prisión.
Pericias técnicas y análisis de telefonía
Entre los elementos que analiza la Justicia para determinar la mecánica del hecho se destacan los informes periciales accidentológicos y la recolección de datos sobre los dispositivos móviles.
En ese marco, la investigación busca establecer si al momento del impacto el imputado realizaba actividades ajenas a la conducción que hubieran afectado la atención requerida para transitar por una autopista.
La querella señaló que estas pericias técnicas serán fundamentales para determinar el grado de responsabilidad del conductor una vez que la causa sea elevada a juicio oral.