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Multarán a quienes difundan material sexual sin consentimiento

El castigo va desde los 50mil a 300mil pesos para quienes por cualquier medio y sin autorización viralicen contenido erótico de otra persona siempre y cuando sea privado.

El texto con media sanción del Senado sufrió modificaciones en base a los debates y consensos alcanzados en la comisión de Legislación Penal presidida por la Diputada Gabriela Burgos.

La modificación hecha, establece multas que van desde los 50.000 a 300.000 pesos para quienes por cualquier medio y sin autorización, difundan, divulguen, distribuyan o de cualquier modo pongan al alcance de terceros material sobre desnudos, semidesnudos o material erótico de otra persona.

Pero, para quienes hayan realizado la conducta antes descripta transgrediendo por primera vez la presunta expectativa de intimidad la pena será de 3 meses a 3 años de cárcel.

La Diputada Burgos, explicó que “esto hace que se diferencie quien rompe el círculo de intimidad y traiciona la confianza de la otra persona, que en la mayoría de los casos es quien obtiene el material de una pareja, ex pareja, o alguien con quien tiene o tuvo algún tipo de relación, penándolo con años de prisión, de aquel que solamente difunde o ayuda a difundir dicho material que sólo será multado con suma dineraria”.

Finalmente dijo “es necesario prevenir, concientizar y castigar sobre esta práctica degradante que en la mayoría de los casos es producido contra la mujer, y que genera un daño irreparable psicológica y socialmente, que perturba tanto a la persona como a su desenvolvimiento en la sociedad y que va en aumento día a día”.