El 30 vencen las exenciones para el impuesto inmobiliario
Se recordó que la renovación de exenciones correspondientes a los trámites por “Bien de Familia” y “No Videntes u otros Discapacitados”, a partir de ese período son automáticas, es decir que los contribuyentes titulares de esos beneficios no deben presentarse a realizar la renovación, salvo en el caso de aquellos que lo soliciten por primera vez. Esa nueva medida fue dispuesta para dotar a la operatoria de mayor agilidad y eficiencia.
Los restantes tipos de exenciones deben gestionarse personalmente, operatoria que comprende a: Contribuyentes Jubilados y Pensionados; Contribuyentes titulares de Única Propiedad y Contribuyentes con Necesidades Básicas Insatisfechas.
Por último, se destacó que el trámite debe ser realizado en la Delegación donde el contribuyente posee jurisdicción de acuerdo a su asiento domiciliario, siendo el horario de atención: Casa Central (Lavalle Nº 55 – S. S. de Jujuy) de 7:30 a 18:30 horas. En Delegaciones y Receptorias Fiscales del interior de la provincia en su horario habitual de atención.
Por mayor información, los interesados podrán acercarse a las dependencias de la Dirección Provincial de Rentas, sita en Lavalle 55 y Delegaciones del Interior, consultar telefónicamente al 422-1383 Interno 49, o visitar la página Web: www.rentas.jujuy.gov.ar
Ante la proximidad del vencimiento, se recomendó a los interesados realizar la gestión cuando antes, para evitar demoras innecesarias.