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En Salta no es más obligatorio el barbijo, ni al aire libre ni en lugares cerrados

El tapabocas deja de ser obligatorio en la vecina provincia desde este miércoles. Pasará ser "una recomendación" en espacios laborales, escolares y transporte público.

  • Desde este miércoles, el barbijo dejará de ser obligatorio en Salta.
  • Quedará como una recomendación en espacios laborales cerrados, escolares y transporte público.
  • La medida se adopta porque la incidencia de casos y muertes por la enfermedad en las últimas semanas ha sido muy baja.

El barbijo dejará de ser obligatorio desde mañana en Salta y quedará solamente como una recomendación general por decisión del Comité Operativo de Emergencias (COE) que se reunió hoy para analizar la situación epidemiológica de la provincia y las medidas adoptadas en el marco de la pandemia de coronavirus.

La coordinadora de Epidemiología de Salta, Analía Acevedo, explicó que en el encuentro “se analizó la situación epidemiológica de la provincia, donde la incidencia de casos y muertes por la enfermedad en las últimas semanas ha sido muy baja”, y agregó que “sacamos la obligatoriedad del barbijo”.

En este sentido, destacó que el tapabocas pasará desde mañana a ser “una recomendación general para espacios cerrados en ámbitos laborales, escolares y de transporte público”, al igual que la ventilación periódica y cruzada y continuar con la higiene y el lavado de manos, además de “la no asistencia a lugares públicos cuando haya síntomas respiratorios agudos”.

El COE se reunió hoy, encabezado por su titular, el ministro de Salud Pública de Salta, Juan José Esteban, con el objetivo de establecer un nuevo marco de medidas vinculadas al SARS-CoV-2, que regirá en Salta desde el 27 de abril hasta el 6 de junio próximo.

En este marco, se dejarán sin efecto las restricciones vigentes y se pasará a un marco de recomendaciones.

De esta manera no será obligatorio el barbijo, pero se mantiene la recomendación de su uso donde haya afluencia de personas, en el transporte público, en espacios laborales y en los establecimientos educativos.

Toda actividad puede desarrollarse plenamente, sin restricciones horarias, de aforo y de circulación, mientras que para la realización de eventos masivos ya no será necesaria la autorización previa.

Asimismo, quedará eliminada la calificación de actividades de mayor riesgo epidemiológico -actividades deportivas, recreativas y culturales-, y con ello la exigencia de acreditación de esquema completo de vacunación.

En tanto, se dejan sin efecto los protocolos del COE que estaban vigentes hasta el 26 de abril, excepto los referidos al manejo de cadáveres y a instituciones cerradas, como ser geriátricos y unidades carcelarias.

FUENTE: Télam

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