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Régimen Penal Juvenil en Jujuy: "Solo un centro de alojamiento reúne hoy las condiciones"

Lo advirtió la vocal de la Suprema Corte, Emma María Mercedes Arias, al analizar la puesta en marcha de la nueva ley. Señaló que la provincia no recibió fondos de Nación para infraestructura y que la adecuación edilicia es el mayor "cuello de botella" del sistema.

La puesta en marcha de la Ley de Régimen Penal Juvenil en Jujuy expuso una brecha crítica entre las exigencias normativas y la realidad material del sistema de justicia y contención social local. A casi un mes de su entrada en vigencia, el pasado 5 de septiembre, las autoridades judiciales admiten que la provincia debe hacer frente a la imputabilidad de adolescentes a partir de los 14 años en un escenario signado por el desfinanciamiento nacional y la escasez de infraestructura adecuada.

Así lo confirmó la vocal de la Suprema Corte de Justicia de Jujuy, Emma María Mercedes Arias, quien calificó la situación como una preocupación central para los operadores del sistema. “Todo este nuevo régimen se presenta en un contexto de cero presupuesto de Nación. No hubo un incremento de partidas para su puesta en vigencia, se hace con lo que había”, remarcó la magistrada durante su participación en el programa Sobremesa.

El "cuello de botella" institucional

La baja de la edad de imputabilidad de los 16 a los 14 años amplió automáticamente la población juvenil pasible de ser sometida a un proceso penal. Aunque Arias aclaró que en la provincia no se registró un alza abrupta ni masiva de causas graves, recordando que en todo 2025 los juzgados de menores tramitaron apenas 30 audiencias, el marco formal impone exigencias procesales e interdisciplinarias que hoy tensionan la capacidad operativa.

“Para quienes debemos aplicar la normativa, estamos haciendo el cuello de botella en esta cadena”, reconoció la jueza de la Corte. La ley exige conformar equipos técnicos de supervisión y seguimiento para las penas no privativas de la libertad (como amonestaciones, tareas comunitarias o libertad asistida), figuras clave que requieren profesionales capacitados que demandan recursos que el Estado nacional no transfirió a las provincias.

Solo un centro apto para alojamiento en la provincia

El aspecto más crítico del diagnóstico expuesto por Arias radica en los dispositivos de encierro. La privación de la libertad debe constituir la última ratio (último recurso) dentro del catálogo de sanciones, pero cuando la gravedad del delito lo exige, las condiciones de detención deben ajustarse de forma estricta a tratados y tratados internacionales de derechos humanos.

En Jujuy existen actualmente tres dispositivos de alojamiento para menores, pero la magistrada reveló que solo uno de ellos se encuentra plenamente apto para cumplir con los estándares requeridos. En los otros dos predios es necesario realizar obras edilicias e intervenciones urgentes para las que la provincia busca financiamiento propio junto a las carteras de Desarrollo Humano y Salud.

“No es cuestión de cambiar el cartel al edificio y decir 'ahora acá alojamos adolescentes'. No se puede ubicar a un menor dentro del mismo predio donde hay adultos, ni siquiera en sectores separados dentro del mismo predio, porque saldríamos de los parámetros internacionales a los que estamos obligados como Nación”, enfatizó Arias.

Frente al incumplimiento de la Nación en el envío de giros específicos para infraestructura y personal, la vocal del Máximo Tribunal señaló que la provincia debe apelar a la articulación entre poderes y a la optimización de los pocos recursos existentes. “Sin presupuesto tenemos creatividad, capacidad y horas de trabajo al servicio de la justicia”, sostuvo.

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