Jujuy | precios

Multas de hasta 5 millones de pesos para quienes remarquen precios

Comenzaron los controles a comerciantes para combatir la especulación de precios en productos esenciales en medio de la pandemia.
  • Ordenan retrotraer al 6 de marzo los precios de 304 productos.
  • En Jujuy ya comenzaron los controles para detectar remarcaciones.
  • Las multas van de los 100 mil a 5 millones de pesos.

El Gobierno nacional ordenó que, por los próximos 30 días, los precios de unos 300 productos, que incluyen alimentos, bebidas, artículos de higiene y limpieza, sean los que regían al 6 de marzo último. Lo hizo a través de la Resolución 100/2020 de la Secretaría de Comercio Interior publicada este viernes en el Boletín Oficial, en el marco de las necesidades sanitarias para contener y mitigar la pandemia del coronavirus.

En este marco los comercios de Jujuy también deberán acatar la norma, ya que se están llevando a cabo controles por parte de los inspectores de Defensa del Consumidor y la Dirección de control productivo y comercial, tanto en la capital como en el interior de la provincia, con la colaboración de inspectores municipales.

En diálogo con Canal 2, el titular de Defensa del Consumidor, Sebastián Albesa, expresó, "Si se detecta que están cobrando más que ayer ya implica una práctica abusiva, un incumplimiento a la oferta dentro de la ley de defensa del consumidor".

"Estamos con los inspectores haciendo los controles necesarios y vamos a ser implacables con las multas que van de los 100 mil a los 5 millones de pesos de acuerdo a la gravedad de la falta que se le impute al comerciante".

Las denuncias por parte de los consumidores se están recepcionando en la página de consumoprotegido.jujuy.gob.ar.

Albesa manifestó que a nivel nacional se hizo un relevamiento de los precios máximos que se cobraban hasta el 6 de marzo y que estarán disponibles para que la comunidad pueda tenerlos en cuenta.

La medida también rige para todos los distribuidores, productores y comercializadores de cosas muebles, obras, servicios y prestaciones que se destinen a la producción, construcción, procesamiento, comercialización, sanidad, alimentación, vestimenta, higiene, vivienda, deporte, cultura, transporte y logística y esparcimiento. En este caso, deberán mantener los precios vigentes al 6 de marzo último para venta a consumidores, hipermercados, supermercados, almacenes, mercados, autoservicios, minimercados minoristas y supermercados mayoristas.

La resolución también intimó a las empresas que forman parte integrante de la cadena de producción, distribución y comercialización “a incrementar su producción hasta el máximo de su capacidad instalada y a arbitrar las medidas conducentes para asegurar su transporte y provisión durante el período de vigencia de la presente medida”.

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