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Aseguran que el nuevo Código Procesal Penal está hecho “a medida” del Gobierno

Distintos juristas destacan algunos aspectos de la nueva normativa, como pasar de un sistema inquisitorio a uno acusatorio. Pero cuestionan que la ley haya sido sancionada sin debate y los intereses ocultos detrás de escena.

Con las firmas de la presidente Cristina Kirchner, el jefe de Gabinete, Jorge Capitanich y el ministro de Justicia, Julio Alak, el Poder Ejecutivo promulgó esta semana la ley 27.063 del nuevo Código Procesal Penal

La iniciativa fue aprobada el pasado 4 de diciembre en la Cámara de Diputados con el respaldo de 130 votos a favor que fueron aportados por el Frente para la Victoria, Nuevo Encuentro, y el Frente Cívico de Santiago, en tanto que la oposición se aglutinó detrás del rechazo y reunió 99 voluntades.

Mientras el oficialismo defendió de entrada el pase de un sistema inquisitivo a otro acusatorio, donde el peso de las investigaciones recae en los fiscales y se apuran los tiempos judiciales, desde la oposición se repitieron los discursos de rechazo al proyecto oficial, por entender que persigue la impunidad de los funcionarios a través del poder que se le da a la procuradora Alejandra Gils Carbó.

En su momento, la Presidenta de la Nación anunciaba el envío al Congreso del proyecto de reforma del Código Procesal de nuestro país, haciendo alusión a la necesidad de modernizar la norma, de acuerdo a las experiencias regionales más modernas proponiendo un avance sustantivo sobre el diseño del proceso penal.

Al respecto, el presidente del Instituto de derecho Penal del Colegio de Abogados, Lucas Grenni, manifestó a Canal 2 que “principalmente lo que la ciudadanía tiene que saber es que la nueva normativa se aplica especialmente a los casos de droga y contrabando, es decir a la Justicia Federal, no a toda la justicia que se aplica en la provincia. En la provincia se aplica desde el año 2009 un Código Procesal Penal que precisamente tiene las mismas características que este nuevo Código Procesal Penal de la Nación está incorporando, es decir, que Jujuy fue pionera junto a otras provincias como Buenos Aires, Chaco y Santa Fe, y precisamente su modelo procesal ha sido seguido por la Nación”.

“De hecho, conozco que nuestro Ministro de Gobierno, Alberto Matuk, acompañó al doctor Alak no solo una copia de nuestro Código Procesal penal, sino también la obra comentándolo con el doctor Grissetti, Kamada y Matuk”, dijo.

El letrado sostuvo además que “básicamente lo que se incorpora en esta nueva ley es la desinformalización de la investigación y que esa investigación va a estar en cabeza de los fiscales. Hoy por hoy, el juez era juez y parte, es decir, primero te investigaba y luego te procesaba. En realidad, ahora el que va a cumplir esa función es una de las partes, que es el fiscal; el fiscal no tiene la obligación de ser imparcial, el fiscal solo debe ser objetivo y tiene que representar los intereses de la sociedad”.

“El juez sí tiene que ser imparcial y tiene que poner la justa medida entre dos partes, por eso se llama un sistema acusatorio adversarial, donde hay dos adversarios que se sitúan ante una contienda inicial y un tercero que dirime cuál de los dos tiene razón”.

“Se oralizan todas las audiencias, lo cual hace que todo sea mucho más rápido, lo cuál hace que todo sea mucho más dinámico y que los juicios no duren la cantidad de tiempo que están durando actualmente”, señaló.



En cuanto al tiempo que demandarán las investigaciones a partir de ahora, Grenni indicó que “los fiscales tienen hasta un año para hacer el proceso de investigación, salvo en aquellos casos muy complejos, ya sea por la cantidad de personas intervinientes, de la repercusión de los casos, la repercusión pública, la complejidad del tema que se investigando, en estos casos se duplican los tiempos”.

“Realmente, es situar a la argentina dentro de un modelo procesal moderno que implica dentro de los derechos y garantías constitucionales y además integrar la protección de la comunidad y cuanto a que se recepten los reclamos y la Justicia dé respuestas prontas y eficientes. En total, un proceso debe durar máximo tres años”, explicó.

Por su parte, el ex juez del Tribunal Oral Federal de Jujuy, Vicente Casas, subrayó que “nosotros hemos pasado hace 20 años de un sistema procesal a otro, el que nos rige hasta hoy es un sistema mixto. Una de las tantas características fundamentales que tiene que tener es la publicidad, ahora pasamos a un sistema acusatorio, quiere decir que ahora es el fiscal el que va a perseguir la acción penal, en términos generales creo que es bueno”.

“Desde el punto de vista técnico, la investigación queda a cargo de los fiscales, esto está bien, pero por allí parece que tenemos un poquito de escrúpulo de prejuicios porque decimos que los fiscales no reciben instrucciones, efectivamente pueden no recibir instrucciones, pero no exageremos con que no reciben instrucciones”.

“Si el poder político como en la historia pocas veces ha ocurrido- instruye a un fiscal que haga una acción, éste debe responder si la hace o no la hace, vemos los fundamentos que tiene y si no activa la acción penal tendrá que dar fundamentos de por qué no lo hace. Si lo hace también tendrá que hacerlo”, manifestó.

En tanto, el diputado nacional por la UCR, Mario Fiad, puntualizó que “esto cumple una función específica dentro de la modificación del Código porque se pasa de un sistema inquisitorio a un sistema acusatorio, donde el fiscal toma plena preponderancia. Por allí se dice que el fiscal puede llegar a tener atribuciones mayores que la del juez porque lleva la causa hacia delante y el juez se ve muchas veces limitado en diferenciar alguna de las causas que lleva el fiscal”.

Fiad también remarcó que “esto es un traje a medida para el Gobierno nacional que está en retirada y que quiere retirarse generándose impunidad. Como definición técnica, yo diría que eso es lo que se ha promulgado recientemente”.



Finalmente, Vicente Casas se refirió a la falta de debate en el Congreso para sancionar una norma tan importante para el país, expresando que “el Código Procesal penal sancionado como está tiene observaciones y reparos que hay que revisar. El Congreso necesita debatir, debatir es crear ideas, es llevar aportes intelectuales, muchas leyes se han sancionado sin ello y eso es una grave falencia. Habrá que ver los gobierno sucesivos cómo toman esta decisión”.

“La Corte Suprema de Justicia de la Nación hace muchos años tiene dicho que una ley es inconstitucional cuando para su formación y sanción no se han seguido los pasos establecidos en la Constitución. No debatir una ley en el Congreso es no seguir los pasos establecidos en la Constitución”, concluyó.

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