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La pandemia nos recuerda que es necesario tener un Código Penal del siglo XXI

El juez de la Cámara Federal de Casación Penal hizo referencia a los temas de actualidad que se refieren al nuevo código penal, como la emergencia sanitaria, la figura del femicidio, ciber delitos y la posibilidad del aborto legal, entre otros.
  • El código penal vigente fue legislado en 1921, con 320 artículos.
  • La importancia del código penal, ya que trata los valores fundamentales de la sociedad argentina.
  • A lo largo de estos años algunas leyes fueron diseminadas por aparte, pero no están en el libro del código penal.
  • El nuevo código penal tiene 540 artículos, se incorporaron 900 leyes especiales.

El Juez de la Cámara Federal de Casación Penal, Mariano Borinsky, estuvo en comunicación con El Colectivo, e informó sobre el nuevo código penal; "No podemos tener un código que sea espejo de la sociedad de hace 100 años. El nuevo código ya tiene plan parlamentario desde el año pasado, que no tiene caducidad, porque los códigos no tienen caducidad parlamentaria; que fue producto de una comisión plural y democrática, con casi 2.000 propuestas que se acercaron a la comisión".

La sociedad argentina necesita un nuevo código penal. La sociedad argentina necesita un nuevo código penal.

"Uno de los puntos a los cuáles va el código penal, es de tratar de achicar los márgenes de discrecionalidad judicial. Uno de los principales inconvenientes que tenemos fruto de tener un código de hace 100 años es que frente a una misma situación hay distintas interpretaciones posibles. El código apunta a achicar, a generar normal claras, transparentes, previsibles, justamente para dar seguridad jurídica".

"Históricamente se discutió entre lo que denominaron mano dura y garantimos, pero la mejor discusión pasa por un código que apunta a la aplicación efectiva de la ley penal, que en definitiva lo que diga la sentencia se aplique, sea mucho o pocos años, no pasa por que sea mas 'blanda' o mas 'dura', pasa por el cumplimiento de la ley, pasa por escuchar a la víctima, en equilibrio con respecto al imputado de un proceso penal".

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