Argentina limita recetas de medicamentos de alto costo en planes cerrados de salud:
Cómo será la cobertura para medicamentos y tratamientos de alto costo en planes cerrados
En un comunicado, el Gobierno aclaró los alcances de la reciente Resolución 3934/2024 de la Superintendencia de Servicios de Salud y las enfermedades a las que estará destinada la limitación de emisión de recetas de fármacos, prácticas y terapéuticas.
- La Resolución 3934/2024 afecta la emisión de recetas en planes cerrados.
- Los afiliados deben acudir a médicos de la cartilla para recetas de alto costo.
- La medida busca la sustentabilidad del sistema y reducir gastos innecesarios.
Lo esencial: en un comunicado reciente, la Superintendencia de Servicios de Salud de Argentina aclaró los alcances de la Resolución 3934/2024, que restringe la emisión de recetas para medicamentos de alto costo en planes de salud cerrados. La normativa requiere que los pacientes acudan exclusivamente a médicos de la cartilla de su obra social para obtener este tipo de recetas, evitando el reembolso en caso de consultas externas. Según el superintendente Gabriel Oriolo, el objetivo es preservar la sostenibilidad financiera y reducir la judicialización de casos, limitando la prescripción a especialistas que conocen el historial del paciente.
Por qué importa: esta medida impacta en los beneficiarios de planes cerrados, ya que:
- Afecta el acceso a tratamientos costosos y de enfermedades graves.
- Busca reducir conflictos de interés y gastos innecesarios.
Tras la reciente Resolución 3934/2024 emitida por la Superintendencia de Servicios de Salud en Argentina, que limita la emisión de recetas de fármacos y tratamientos de alto costo en planes de salud cerrados, el ente nacional emitió un comunicado en el cual advirtió que “no representa ninguna modificación en los medicamentos, tratamientos o atención médica de la gran mayoría de los argentinos que utilizan el Sistema de Salud”.
En ese sentido, resaltaron que la norma “será ampliada en los próximos días mencionando el conjunto de enfermedades definidas como de alto precio o catastróficas, entre las cuales se encuentran las oncológicas graves, enfermedades poco frecuentes, trasplantes, atrofia muscular espinal, ELA, enfermedad fibroquística, entre otras”. Este cambio, según argumento el superintendente Gabriel Oriolo, responde a la necesidad de preservar la sustentabilidad del sistema, evitando prescripciones de alto costo que no siempre son necesarias o adecuadas.
En ese tono, el comunicado divulgado en redes sociales asegura que “se denominan de alto precio, o también catastróficas porque hace referencia a un conjunto de enfermedades cuya cura o tratamiento implican un alto costo económico, generan severos daños en la salud de quienes la padecen y su financiación desde el presupuesto de los hogares resulta insustentable”.
“De esta manera, lo que se busca asegurar con esta medida es el derecho de los beneficiarios al acceso de tratamientos, prácticas o medicamentos de estas patologías y que sean debidamente autorizados por los Agentes del Seguro de Salud para garantizar su calidad de atención”, recalcaron.