Policiales | Mariano Moreno

5 años de prisión por apuñalar a un hombre durante una juntada en Mariano Moreno

El agresor acordó la pena mediante un juicio abreviado tras atacar a la víctima en el abdomen.

  • Condena judicial: Adriel Fernando López fue sentenciado a 5 años de prisión efectiva.
  • Hecho delictivo: Apuntó a la víctima en el abdomen con un arma blanca durante una reunión en el barrio Mariano Moreno.
  • Proceso legal: Se aprobó un juicio abreviado con acuerdo entre las partes y conformidad de la víctima.

Un sujeto identificado como Adriel Fernando López, alias "Chicharrón", fue condenado a la pena de cinco años de prisión de cumplimiento efectivo tras ser hallado culpable del delito de homicidio simple en grado de tentativa, por un ataque con arma blanca ocurrido en el barrio Mariano Moreno de San Salvador de Jujuy.

La resolución fue dictada por la jueza penal con funciones de control, Carolina Pérez Rojas, quien aprobó un acuerdo de juicio abreviado presentado entre el Ministerio Público de la Acusación, la defensa técnica y con la conformidad expresa de la víctima.

Ataque sorpresivo y shock hipovolémico

El violento episodio se registró durante la jornada del 15 de noviembre del 2025, aproximadamente a las 9, en el interior de un domicilio particular ubicado en el mencionado sector barrial capitalino, donde un grupo de personas se encontraba ingiriendo bebidas alcohólicas y consumiendo estupefacientes.

En un momento determinado, López ingresó de forma intempestiva a una de las habitaciones y, sin mediar palabra, atacó a la víctima asestándole una estocada con un cuchillo directamente en el abdomen. La gravedad de la herida le provocó un shock hipovolémico que obligó a su internación de urgencia en la sala de terapia intensiva del Hospital Pablo Soria.

Inhabilitación y reparación económica

Además de disponer el traslado inmediato del condenado al Servicio Penitenciario de la provincia, la magistrada le impuso la inhabilitación absoluta por el mismo período de la condena.

Asimismo, el acuerdo homologado bajo los términos del artículo 411 del Código Procesal Penal incluyó el pago de una reparación económica que el agresor deberá abonar a la víctima como parte del resarcimiento establecido.