La multa para locales bailables por exceder la capacidad asciende a $600.000
Además de otras sanciones como clausura, suspensión transitoria o decomiso. Esta determinación fue recordada por el Ministerio de Seguridad luego del episodio de descontrol que se vivió en un conocido complejo ubicado en la colectora de Ruta 9.
30 de noviembre de 2021 - 09:44
- El Ministerio de seguridad pidió a los locales bailables respetar el 70% de aforo establecido por decreto.
- Recordó que las multas pueden llegar a $600.000, además de una eventual clausura.
- Esto a raíz de un episodio de descontrol y exceso de capacidad en un complejo capitalino.
El sábado se registró un episodio de colapso de asistentes a un conocido complejo en la colectora de Ruta 9.
A raíz de ello, el Ministerio de Seguridad informó que se labró el acta de infracción correspondiente y recordaron a los locales bailables que sigue vigente el decreto que establece una capacidad del 70%.
Además, se recordó que en caso de constatar los incumplimientos a las disposiciones la multa puede ascender a 600.000 pesos con penas accesorias que se encuentran estipuladas entre clausura, decomiso u otras que determinará el Juzgado Contravencional.
Baile y descontrol en Jujuy