El boletín oficial fue modificado por la indecisión de convocar a elecciones constituyentes
- Insólito: publicaron el último boletín oficial y pocas horas después subieron una versión modificada.
- En primera instancia figuraba la Ley que aprobó la reforma parcial de la Constitución. Un par de horas más tarde ya no podía leerse.
- La publicación original no contaba con el subsecuente llamado a elecciones de convencionales constituyentes, en clara contradicción con los requisitos constitucionales vigentes.
Mientras la opinión pública todavía trata de procesar los repentinos eventos políticos-institucionales transcurridos durante los últimos 30 días, tras bambalinas ocurre literalmente de todo, en un marco de sospechosa desprolijidad. Tan solo un par de horas tras su publicación, los abogados del foro local y dirigentes opositores se vieron particularmente sorprendidos por un evidente retoque en las primeras líneas del Boletín Oficial N° 113.
El documento podía leerse desde la web oficial a pesar de los feriados provincial y nacional, un hecho inédito hasta el momento. De igual forma poco duraría esa versión: en horas de la noche con la controversial quita de la Ley N° 6.302 DECLARACIÓN DE LA NECESIDAD DE LA REFORMA PARCIAL DE LA CONSTITUCIÓN PROVINCIAL, lo habían resubido.
Como fuere alertado oportunamente, previa modificación, no se apreciaba el decreto de convocatoria a elecciones para convencionales constituyentes, paso protocolar inmediato y fundamental para avanzar con el proyecto que obsesiona a Gerardo Morales.
Actualmente puede googlearse el texto original, sin embargo el archivo fue removida y el buscador solo mostrará el tradicional mensaje "page not found".
Más allá de una fecha tentativa (11/12) reconocida por el propio mandatario, sea por error de redacción o simplemente por falta de definición, la misma todavía no se encuentra cerrada. Y como reza la Constitución vigente en su artículo 98:
Declarada la necesidad de reforma, el Poder Ejecutivo deberá convocar a elección de convencionales constituyentes dentro del plazo de sesenta días de recibida la comunicación de la Legislatura.