Política

La oposición contraataca en el caso EJESA con una demanda de acción de clase

El diputado Federico Canedi presentó una demanda judicial para que la Justicia analice distintos conceptos incluidos en la tarifa de luz que, según plantea, no deberían ser trasladados a los usuarios.

Se trata de una herramienta jurídica conocida como acción colectiva o acción de clase, prevista para aquellos casos en los que se afectan intereses individuales homogéneos, es decir, cuando una misma decisión impacta de manera similar sobre un conjunto de personas.

Y esto adquiere especial relevancia cuando hablamos de tarifas de servicios públicos como la electricidad. Porque el problema ya no es solamente una factura que llegó demasiado cara, sino decisiones que pueden afectar al mismo tiempo a miles de familias.

La acción colectiva permite que un usuario legitimado, una asociación de consumidores, el Defensor del Pueblo u otras instituciones recurran a la Justicia no solo para reclamar por un perjuicio individual, sino para defender los derechos de un conjunto de usuarios afectados por una misma causa.

La importancia de esta herramienta está justamente en evitar que cada consumidor tenga que iniciar un juicio por separado. El costo, el tiempo y la complejidad de un proceso judicial muchas veces hacen que la mayoría de los usuarios desista de reclamar.

En cambio, cuando existe una causa común, la acción colectiva permite llevar el problema a la Justicia en su verdadera dimensión: no como miles de reclamos aislados, sino como una situación que afecta a todo un grupo de usuarios.

Además, evita la multiplicación de procesos, reduce el riesgo de fallos contradictorios y permite que un problema que individualmente puede parecer menor sea analizado por su verdadero impacto económico y social.

La acción colectiva, entonces, no es solamente una herramienta jurídica. Puede convertirse en un mecanismo concreto de defensa de los consumidores frente a decisiones que golpean masivamente sus bolsillos.

Existen antecedentes importantes en materia tarifaria, como el caso CEPIS contra el Ministerio de Energía y Minería, relacionado con el aumento de las tarifas de gas en 2016. Allí la Corte Suprema intervino y estableció criterios relevantes sobre la participación de los usuarios, las audiencias públicas y las condiciones que deben respetarse en este tipo de decisiones.

En el caso de la presentación realizada por Canedi, resta conocer qué alcance tendrá el planteo y si estará acompañado por una medida cautelar para intentar suspender provisoriamente los efectos de los cargos cuestionados mientras se resuelve el fondo de la cuestión.

Eso no es automático: será la Justicia la que deberá analizar si están dadas las condiciones legales para adoptar una medida de ese tipo.

Lo concreto es que, frente al fuerte impacto de las tarifas sobre los usuarios, la discusión empieza a trasladarse de las facturas a los tribunales.

Y la experiencia argentina demuestra que una acción colectiva puede transformar miles de reclamos individuales en una discusión mucho más profunda sobre cómo se fijan las tarifas, qué se les cobra a los usuarios y cuáles son los límites que debe respetar el Estado.