Víctor Galarza: “Decir 'garrafa social' es desconocer el programa de venta de gas envasado"
Ante las reiteradas consultas sobre las irregularidades en la venta de gas en garrafas en la provincia, el ombudsman indicó que el precio a mostrador establecido para garrafas es indefectiblemente de $16 las de 10 kilos, a $20 las de 12 y a $25 las garrafas de 15 kilogramos.
Teniendo en cuenta que en la provincia continúan reiterándose los reclamos de los vecinos, el Defensor del Pueblo de Jujuy Víctor Galarza aclaró que quienes hablan de “garrafas sociales”, lo hacen porque desconocen el Programa Nacional de Consumo Residencial de Gas Licuado de Petróleo Envasado, que establece que la totalidad del gas envasado en garrafa se encuentra subsidiado. En consecuencia, al llamar a la garrafa “social” se favorece a la reventa y especulación en el expendio del gas envasado.
El Defensor del Pueblo aclaró que dicho programa estableció las condiciones para que el gas envasado en garrafa pueda ser adquirido por los usuarios residenciales de toda la provincia a un precio diferencial: a $16 las de 10 kilos, a $20 las de 12 y a $25 las garrafas de 15 kilogramos.
“La totalidad del gas licuado de petróleo o butano está subsidiado, y este subsidio se realiza a través del fondo fiduciario para subsidios de consumos residenciales de gas licuado de petróleo, descripto en el artículo 44 de la Ley 26.020”, dijo Galarza, agregando que por este motivo no deben expenderse las garrafas a otro precio que no sea el establecido, y tampoco debe existir un límite en su cupo.
El Ombudsman jujeño aclaró también a los vecinos que el Programa Nacional de Consumo Residencial de Gas Licuado de Petróleo Envasado, en función de lo establecido en la Resolución 532 del año 2014, establece que la distribución de gas envasado en los precios señalados es universal y que es requisito para adquirirlas no contar con el servicio de gas en red domiciliaria.
“Teniendo en cuenta lo que establece la Resolución 532, cuya autoridad de aplicación es la Secretaría de Energía de la Nación, se debe garantizar el abastecimiento del mercado interno del gas licuado de petróleo y también proteger los derechos de los consumidores posibilitando la universalidad del servicio y el acceso al mismo a precio justo y razonable”, definió el Defensor del Pueblo de Jujuy.
La estabilidad en los precios se mantendrá durante el presente periodo y se deberá garantizar el cumplimiento de la reglamentación del programa, firmada por los productores, fraccionadores, distribuidores de gas y también la Federación Argentina de Municipios (FAM), que se adhirieron al acuerdo para ser depósitos de la distribución del programa nacional de consumo residencial.
En relación a las adhesiones el defensor además añadió que en la resolución emitida en 2004 se encuentran los requisitos necesarios para que las comunas tengan la posibilidad de aglutinarse a este convenio, habilitándose de este modo al expendio y distribución en su jurisdicción de las garrafas.