Una por una, las actividades permitidas en la fase 1 de cuarentena
Desde el área Producción de la provincia expusieron la lista de las tareas que están exceptuadas a la cuarentena obligatoria, tras el retorno a la fase 1 en toda la provincia. Estas personas podrán circular, siempre y cuando tengan los permisos habilitantes.
- Esta es la lista de actividades exceptuadas al aislamiento durante la fase 1 de cuarentena en Jujuy.
- Supermercados, comercios y farmacias, además de reparto a domicilio están incluidos.
- Atención en cajeros automáticos y otros servicios esenciales también forman parte de los habilitados.
El Ministerio de Desarrollo Económico y Producción de la provincia aclaró cuáles son las actividades exceptuadas al cumplimiento del aislamiento obligatorio, según el decreto 297/2020. Esto luego del retorno a la fase 1 de cuarentena en todo el territorio jujeño.
En la lista oficial se encuentran:
- Supermercados mayoristas y minoristas. Comercios minoristas de proximidad. Farmacias.
- Personal afectado a la obra pública
- Ferreterías, veterinarias y provisión de garrafas.
- Industrias de alimentación, su cadena productiva e insumos, de higiene personal y limpieza, de equipamiento médico, medicamentos, vacunas y otros insumos sanitarios.
- Actividades vinculadas con la producción, distribución y comercialización agropecuaria y de pesca.
- Actividades de telecomunicaciones, internet fija y móvil, servicios digitales.
- Actividades impostergables vinculadas con el comercio exterior.
- Mantenimiento de servicios básicos (agua, electricidad, gas, comunicaciones) y atención de emergencias.
- Transporte de mercaderías, petróleo, combustible y gas.
- Reparto a domicilio de alimentos, medicamentos, productos de higiene y limpieza.
- Servicio de lavandería.
- Servicio postal y distribución de paquetería.
- Servicios esenciales de vigilancia, limpieza y guardia.
- Servicio de cajeros automáticos, actividades que el Banco Central disponga.
- Venta de insumos y materiales de la construcción provisto por corralones.
- Actividades vinculadas con la producción forestal minera.
- Curtiembres, aserraderos y fábrica de productos de madera, de colchones y de maquinaria vial y agrícola.
- Actividades vinculadas al comercio exterior.
- Servicios esenciales de mantenimiento y fumigación.
Las personas que desarrollan estas actividades tienen permitida la circulación, siempre y cuando lo hagan con el permiso nacional y en ciertos casos con el permiso de trabajo ratificado de los empleadores.
Cómo obtener el Certificado Único de Circulación: https://www.argentina.gob.ar/circular