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Registro Civil: Problemas con menores indocumentados

El Director del Registro Civil, Julio Ferreyra, informó sobre inconvenientes por falta de cumplimiento de los padres a la hora de asentar a los bebés recién nacidos. Deben presentarse la madre y el padre entre los 40 días de nacido el bebé.

Canal 2 dialogó con el Director del Registro Civil por la cantidad de recién nacidos indocumentados, debido a que los padres de los bebés no se presentan a realizar la inscripción obligatoria de los niños en tiempo y forma.

Asimismo, Ferreyra explicó que en la Ley 26.413 se fijó que si los padres no inscriben a los hijos en un plazo de 40 días corridos desde su nacimiento, el Registro Civil tiene que inscribir al menor de oficio.

Esto se hizo porque a raíz de que se entregaba el certificado de nacimiento a los padres, ellos se lo llevaban a la casa y no inscribían al menor, por lo tanto había menores indocumentados.

En el caso puntual de los padres, la inscripción es gratuita, el DNI del bebé es gratuito y a su vez el Estado paga la asignación por hijo. Por lo tanto “es el deber de los padres de acercarse a anotar al niño”, manifestó Ferreyra.

Igualmente aclaró que “de todas maneras el día 41 estamos anotando al menor de oficio tenemos los datos, apellido y nombre de la madre y del niño”.

“A nosotros, la ley nos obliga a inscribir al menor”, aunque los padres no se hagan presentes en el Registro Civil. En estos casos después hay que hacer una resolución interna para poner la marginal y corregir el apellido del niño. Por este motivo el acta del menor desde su nacimiento ya tiene una marginal de corrección, que se puede evitar haciéndose presente los padres para su correcta inscripción.

“Es necesario informar a quienes estén por inscribir a su niño que debe hacerse presente al Registro Civil entre los cuarenta días de nacido el bebé, la madre y el padre del niño para acordar el apellido del menor”,concluyó Ferreyra.

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