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Balotaje en Jujuy: mesas habilitadas, boletas y sanciones por no votar

Desde la Justicia Electoral brindaron detalles de lo que será la jornada electoral del domingo, donde se definirá al próximo presidente. En la provincia son casi 593.000 personas habilitadas para emitir su sufragio en 309 escuelas.

El domingo 19 de noviembre será una jornada muy especial para los argentinos, se elegirá al próximo presidente de la Nación.

Es por ello que, el secretario de la Justicia Electoral Federal, Manuel Álvarez del Rivero, brindó datos y aspectos a tener en cuenta del balotaje en Jujuy.

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Operativo de distribución de urnas

El traslado de las urnas a cada establecimiento inicia mañana miércoles. Mientras tanto, hoy hay limitación en calle Italo Palanca, en la escuela de Minas, donde están llevando urnas para el posterior traslado a las escuelas por parte del Ejército Militar.

El Domingo19 habrá operativo de tránsito con corte de calles en adyacencias de la Secretaria.

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Números de la Elección en Jujuy

En Jujuy, se prevé que cumplan con su deber cívico casi 593.000 personas en 309 escuelas y 1.825 mesas habilitadas.

Deberán votar en todos los ciudadanos argentinos a partir de los 16 años de edad tendrán la obligación de cumplir con el deber cívico.

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Dos listas participan

Como ya es sabido, el único cargo a elegir es presidente.

Es por ello que son dos las únicas listas participantes: La Libertad Avanza con Javier Milei como candidato y Unión por la Patria con Sergio Massa a la cabeza.

boletas massa milei

¿El lugar de votación es el mismo que en los comicios de agosto?

En general sí. Hay algunas pequeñas modificaciones. De igual manera, instaron a que los ciudadanos ingresen a la página para saber dónde les toca votar.

Dónde voto: https://www.padron.gov.ar/

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¿Con qué tipo de documento se puede votar?

  • Libreta de enrolamiento/libreta cívica
  • DNI libreta verde
  • DNI libreta celeste
  • Tarjeta del DNI libreta celeste, que contiene la leyenda “No válido para votar”.
  • Nuevo DNI tarjeta
elecciones padron dni

Sanciones por no ir a votar

Quienes no hayan podido concurrir a los comicios y tengan un justificativo válido, deben ir con su documento cívico a la comisaría más próxima del lugar en el que se encuentren y solicitar una certificación escrita que justifique la imposibilidad de votar. Para evitar la multa y otras sanciones correspondientes, el certificado debe presentarse dentro de los 60 días de celebrada la elección ante el Juzgado Federal con Competencia Electoral del distrito que le corresponda al elector o ante la Cámara Nacional Electoral.

A quienes deban sufragar y no puedan justificar ante la Justicia Nacional Electoral por qué no emitieron su voto, les corresponde una multa económica y quedan incorporados en el Registro de Infractores al deber de votar. Asimismo, no pueden ser designados para desempeñar funciones o empleos públicos durante tres años a partir de la elección. Además, quienes no paguen la multa, no pueden realizar gestiones o trámites ante los organismos estatales nacionales.

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