Alternativas de pago de la moratoria por faltas y contravenciones
En ese contexto, el presidente del Juzgado Administrativo de Faltas, Gastón Millón, precisó “este beneficio comenzó el 1 de julio, se trata de un nuevo Régimen de Facilidades de Pago destinado a Faltas y Contravenciones que tienen los contribuyentes con el municipio.
En cuanto a la extensión se fijó por normativa por sesenta días, con descuentos importantes del 70%, que se puede efectivizar directamente por la página web de Rentas del municipio capitalino www.rentasmunijujuy.gob.ar de manera directa o por la página recientemente habilitada www.sansalvadordejujuy.gob.ar que cuenta con un link que lleva a la realización de esta operatoria.
En tanto en los días que está limitado el acceso al Edificio “4 de Junio” debido a las medidas de fuerza por parte del gremio que nuclea a empleados y obreros municipales, la atención será en el Edificio de Rentas de calle Otero en horario corrido, de 8,00 a 17,00 o directamente vía online en los sitios mencionados.
Sobre el Régimen Especial, Optativo y Temporario de Regularización de Deudas por Faltas y Contravenciones Municipales, para obligaciones no tributarias de competencia del Juzgado de Faltas, se incluyen todas las Faltas y Contravenciones cometidas hasta el 31 de mayo del presente año, se encuentren o no en trámite administrativo o judicial a la fecha de la sanción de la Ordenanza 6756/2015 (18 de Junio de 2015)
El plazo que tendrán los contribuyentes para acogerse a los beneficios de la presente Ordenanza será de sesenta (60) días corridos a computarse desde la promulgación de esta norma.