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Islas Malvinas: oficializan el aumento del presupuesto para Defensa y las sanciones

Tras la cadena nacional de Javier Milei, el Ejecutivo oficializó dos decretos que modifican el presupuesto de Defensa y otorgan a Cancillería nuevas facultades para avanzar contra empresas que exploten hidrocarburos en la plataforma continental argentina sin autorización.

El presidente Javier Milei volvió a reivindicar la soberanía argentina sobre las Islas Malvinas durante la cadena nacional y, horas después, el Gobierno formalizó en el Boletín Oficial dos medidas vinculadas con la defensa nacional y la protección de los recursos estratégicos.

A través del DNU 867/2026 y el Decreto 868/2026, el Ejecutivo dispuso un aumento del presupuesto destinado a Defensa y estableció un nuevo esquema para detectar y eventualmente sancionar actividades vinculadas con la exploración y explotación de hidrocarburos en la plataforma continental argentina.

El Gobierno modificó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2026, aunque el decreto no precisa cuál será el porcentaje adicional destinado al Ministerio de Defensa. La decisión apunta, según los fundamentos de la medida, a reasignar recursos para que las áreas correspondientes cuenten con los fondos necesarios para cumplir sus funciones.

El Ejecutivo advirtió que, si la adecuación presupuestaria no se realizaba de manera inmediata, podría verse comprometida la prestación de determinados servicios esenciales a cargo del Estado Nacional.

Durante su discurso, Milei vinculó el refuerzo presupuestario con una estrategia de largo plazo para fortalecer la posición argentina en el Atlántico Sur. El mandatario sostuvo que el Estado debe utilizar las herramientas diplomáticas, económicas, judiciales y legales disponibles para defender la soberanía y los recursos del país.

Cancillería tendrá nuevas facultades para aplicar sanciones

El segundo eje de las medidas quedó establecido mediante el Decreto 868/2026, que designó al Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto como autoridad de aplicación de la Ley 26.659.

La norma contempla sanciones para quienes desarrollen o faciliten actividades de exploración o explotación de hidrocarburos en la plataforma continental argentina sin autorización.

A partir de la nueva reglamentación, todos los organismos y entidades de la Administración Pública Nacional deberán informar a Cancillería, dentro de los cinco días hábiles administrativos, cualquier hecho que pueda quedar comprendido dentro de las conductas alcanzadas por la ley.

Con esa información, la cartera podrá iniciar de oficio o a partir de la comunicación de otro organismo el correspondiente procedimiento administrativo.

Si existen indicios suficientes, la autoridad de aplicación deberá notificar al presunto infractor, que tendrá diez días hábiles administrativos para presentar su descargo y ofrecer pruebas.

Luego de la notificación, Cancillería contará con otros diez días hábiles administrativos para definir si archiva las actuaciones o aplica la sanción correspondiente.

La reglamentación también incorporó modificaciones para trámites relacionados con el Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones (RIGI) y el sector hidrocarburífero. En esos casos, las empresas deberán presentar declaraciones juradas en las que manifiesten que ni ellas ni sus participantes directos o indirectos incurren ni incurrirán en las conductas prohibidas por la Ley 26.659.

Además, Cancillería podrá intervenir para determinar si existen conductas incompatibles con esa normativa. El mismo criterio alcanzará a permisos, concesiones, autorizaciones y habilitaciones contemplados en la Ley 17.319 de Hidrocarburos.