El Tribunal en lo Criminal condenó a un sujeto identificado por sus iniciales como R.R.Z. a la pena de 13 años de prisión de cumplimiento efectivo. El hombre fue hallado autor responsable de los delitos de abuso sexual gravemente ultrajante agravado por el vínculo, abuso sexual simple agravado y corrupción de menores agravada en concurso real.
El debate estuvo a cargo del tribunal integrado por el juez Salvador Gustavo Ortiz -presidente de trámite- junto a los vocales Martín de Athayde Moncorvo y Felicia Ester Barrios. En tanto, la acusación fue sostenida con firmeza por el fiscal Pablo Martín De Tezanos Pinto, titular de la Fiscalía de Violencia de Género, Violencia Sexual e Intrafamiliar N° 4, quien basándose en el contundente cúmulo de pruebas recolectadas por el Ministerio Público de la Acusación (MPA), había solicitado originalmente una pena de 15 años de cárcel.
Un entramado de hostigamiento digital
Según consta en el expediente judicial, los vejámenes se iniciaron cuando la víctima tenía apenas 13 años de edad, valiéndose el agresor de la asimetría del vínculo de padre e hija para cometer los abusos y mantener a la víctima bajo sometimiento.
Sin embargo, uno de los puntos clave que se logró acreditar de forma fehaciente durante las audiencias fue un modus operandi de corrupción de menores agravada ligado al uso de la tecnología. Los peritajes demostraron que el condenado ejerció un hostigamiento sostenido durante más de ocho meses contra su propia hija.
Este acoso se perpetraba diariamente mediante llamadas telefónicas, mensajes de texto y aplicaciones de mensajería instantánea, canales a través de los cuales el depravado le enviaba de forma constante material de contenido sexual a la menor para vulnerar su integridad.
Además de los 13 años de encierro, el Tribunal dispuso la inhabilitación absoluta del sujeto por el término que dure la condena. Asimismo, de acuerdo a lo establecido por la Ley 26.879, se ordenó de forma inmediata la toma de muestra genética del condenado para que sus datos e historial sean remitidos de manera definitiva al Banco Nacional de Datos Genéticos vinculados a delitos contra la integridad sexual.