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El gobierno cambia las condiciones para cobrar la AUH y las Becas Progresar: los detalles

Ambas prestaciones se verán alteradas en sus requisitos socioeconómicos como consecuencia de la suba del Salario Mínimo. Conocé más.

La Asignación Universal por Hijo (AUH) y las Becas Progresar de la Secretaría de Educación incorporarán desde agosto una serie de modificaciones en las pautas socioeconómicas para acceder a las liquidaciones mensuales.

Se trata de las definidas por el valor del Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM). Este viernes el Gobierno nacional publicó las nuevas escalas con aumento vigentes hasta octubre 2024.

¿Cuánto sube el Salario Mínimo?

A partir del 1° de julio de 2024, el SMVM será de $ 254.231,91 para todos los trabajadores mensualizados que cumplen la jornada legal completa, conforme el artículo 116 del Régimen de Contrato de Trabajo aprobado por la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias. Luego, $ 262.432,93 desde agosto de 2024.

En septiembre se activará el tercer tramo de actualización que lo elevará a $ 268.056,50. Finalmente, a partir del 1° de octubre, el Salario Mínimo subirá a $ 271.571,22.

Misma instancia de incremento absorberá los proporcionales por hora, para los trabajadores jornalizados.

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¿Cómo impacta la suba del Salario Mínimo en la AUH ANSES y las Becas Progresar?

ANSES activará en agosto el pago de la AUH a aquellas solicitantes que muestren ingresos mensuales por un valor máximo equivalente al SMVM.

El beneficio que en agosto absorberá un incremento del 4,6%, se mantendrá así para aquellas titulares que registren sumas de hasta $ 262.432,93.

Por su parte, la Secretaría de Educación conservará el pago de las Becas Progresar a los estudiantes de las categorías Obligatoria y Superior (Universitario y Universitario 5to año) que no sobrepasen el requisito socioeconómico: ingresos mensuales (más los del grupo familiar) deberán ser menores a tres SMVM.

El condicionante no resultará aplicable a los jóvenes solicitantes que sean titulares de una Pensión No Contributiva (PNC) por Invalidez otorgada en el marco del artículo 9 de la Ley 13478.

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FUENTE: El Cronista

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