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Bailes de carnaval: qué se puede hacer y que no, según la ley

La norma en cuestión establece una modificatoria especial con relación a las celebraciones de jueves de Compadre, Comadre, Carnaval Chico, Grande y Corsos.

A poco de aprobada la ley que reglamenta la noche jujeña, principalmente en lo que respecta a los locales bailables y su funcionamiento, se introdujeron ciertas modificaciones vinculadas a las celebraciones de Carnaval .

Según la normativa, las actividades pueden ser organizadas por personas físicas o jurídicas, es decir particulares o instituciones con o sin fines de lucro.

Los organizadores y/o responsables de los eventos comprendidos en la reglamentación para la “Celebración Popular del Carnaval” deberán, con anticipación, poner en conocimiento a las autoridades Municipales, Policiales y Sanitarias la actividad que fueren a desarrollar.

En el caso de los bailes donde se cobre entrada, la ley exige el pago de un depósito de garantía equivalente a 10 unidades multas o sea a un salario mínimo, aproximadamente 8.000 pesos, más habilitación municipal, Bomberos, seguridad privada y servicio de salud.

En el caso de los que se realicen en inmuebles privados, sean más familiares, no se cobre entrada y no sean más de 150 participantes, no pagarán el depósito de garantías. Si deberán tomar todos los recaudos sanitarios necesarios.

En lo que respecta a los horarios, se van a manejar de 22 a 05:30 los nocturnos y los vespertinos de 15 a 02:00 en lo que sería un horario especial solo para carnaval.

Los menores de edad  podrán permanecer en este tipo de bailes si son menores de 18 años, en horario vespertino de 13 a 22 hs y sin consumo de alcohol, los menores de 13 a 18 años, van poder estar en el horario nocturno siempre y cuando sean acompañados con los padres y si esos bailes están habilitados para la presencia de niños y adolescentes.

Para la fiesta de Carnaval, en el caso de los locales en los cuales se realicen bailes vespertinos y nocturnos, se suprime la pausa prevista en la reglamentación del código, que es de tres horas, pero deberá acondicionarse el lugar manteniéndose las medidas  higiénicas y sanitarias necesarias para seguir funcionando. Además se controlará el desalojo de menores.