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Llega un feriado XXL: cuántos más quedan y cómo aprovecharlos

Mientras que algunas personas aprovecharán los días para desconectar y descansar, otros optarán por realizar alguna escapada turística durante los fines de semana extra largos.

Pese a que el próximo feriado es el Día del Trabajador, mayo tendrá un fin de semana XXL, situación que se repetirá también en junio. Luego, el próximo descanso de estas características será recién en octubre.

El quinto mes del año contará con dos fines de semana largo: el 1° de mayo, que cae lunes, por lo que se suma al descanso de sábado y domingo; al igual que el del 25 de mayo, que cae jueves. Como el viernes 26 se declaró feriado con fines turísticos, se forma así un fin de semana de cuatro días.

De acuerdo con el calendario establecido por el Gobierno nacional, en junio sucederá algo similar, ya que se juntan en un mismo fin de semana el 17, que conmemora el paso a la inmortalidad del general Martín Miguel de Güemes y el 20 de junio, conocido como Día de la Bandera, en memoria de la muerte de Juan Manuel Belgrano. Así, el Ejecutivo decidió declarar el 19 como puente y, de esta manera, se conformó otro fin de semana extra largo.

Estas fechas coinciden con los plazos que establecidos por el Ministerio de Turismo para viajar con el beneficio del PreViaje 4, por lo que todos los que hayan comprado paquetes turísticos para estos dos fines de semana y hayan cargado sus comprobantes en tiempo y forma contarán con el reintegro del 50% del monto que pagaron.

Pese a que el mes de julio cuenta con el feriado por el Día de la Independencia, esta fecha cae domingo y es uno de los que integran la lista de los “feriados inamovibles”. El cronograma también contempla días no laborables que contempla a las personas que profesen alguna religión específica.

Las personas que practiquen la religión islámica, por su parte, tendrán contemplado el 28 de junio, por la Fiesta del Sacrificio, y el 19 de julio por el Año Nuevo Islámico, tal como establece la ley N°27.399. Sin embargo, estas son fechas aproximadas, puesto que se rigen por el calendario lunar.

Por otro lado, quienes pertenecen a la comunidad judía cuentan con el 16 y 17 de septiembre, por el Año Nuevo Judío, y el 25 del mismo mes, por el Día del Perdón, de acuerdo con la legislación vigente.

Los trabajadores que no presten servicio por estas festividades religiosas contarán con la remuneración y los mismos derechos laborales como si hubieran prestado el servicio ese día.