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Familias con deudas y cuotas impagas podrán conservar los vouchers educativos

La Secretaría de Educación decidió suspender durante todo 2026 la aplicación de dos artículos del reglamento. La medida busca evitar que los cambios afecten la continuidad escolar de los beneficiarios.

La Secretaría de Educación, dependiente del Ministerio de Capital Humano, dispuso la suspensión durante todo 2026 de dos artículos del Reglamento General del Programa de Asistencia de vouchers educativos. En este contexto, el Gobierno decidió suspender durante 2026 las condiciones que podían provocar la pérdida de este beneficio para las familias que acumularan cuotas impagas.

La morosidad en los colegios privados aumentó durante el último año: según datos de la Asociación de Institutos de Enseñanza Privada de Argentina (AIEPA), el 11% de las familias registra demoras en el pago de los aranceles escolares, frente al 7% del año pasado. La medida quedó establecida mediante la Resolución 505/2026, que suspende los artículos 14 y 21 inciso e) del reglamento del programa.

De esta manera, adeudar dos cuotas ya no implicará la suspensión del beneficio, mientras que acumular tres cuotas impagas tampoco provocará su cancelación. La decisión, sin embargo, no significa que las deudas con los colegios sean condonadas: las familias continúan obligadas a regularizar los pagos pendientes.

Los cambios del Gobierno para los vouchers educativos

La medida fue establecida mediante la Resolución 505/2026, publicada este jueves en el Boletín Oficial, y alcanza específicamente al artículo 14 y al artículo 21 inciso e) del reglamento aprobado en abril de este año. Según los fundamentos de la resolución, la decisión se tomó debido a que el ciclo lectivo se encuentra actualmente en curso. La Subsecretaría de Políticas e Innovación Educativa planteó la necesidad de suspender la aplicación de esos artículos para evitar que su implementación pudiera afectar las trayectorias educativas de quienes reciben el beneficio.

La suspensión tendrá vigencia durante todo el año 2026. De esta manera, las disposiciones alcanzadas por la medida no serán aplicadas durante el actual ciclo lectivo.

Qué artículos quedan suspendidos

La Resolución 505/2026 establece específicamente la suspensión de la aplicación del artículo 14 y del artículo 21 inciso e) del Reglamento General del programa durante 2026.

Ambos artículos están vinculados con las certificaciones mensuales que deben realizar las instituciones educativas sobre los beneficiarios y con el cese de la prestación, según surge de los considerandos de la resolución.

La decisión no elimina el programa ni modifica sus requisitos generales. Se trata de una suspensión temporal de la aplicación de esas dos disposiciones durante el año en curso.

La medida regirá durante todo 2026

La resolución lleva la firma del secretario de Educación, Carlos Horacio Torrendell, y dispone que la suspensión tendrá vigencia durante el año 2026.

El texto oficial establece además que la medida deberá ser comunicada, publicada en el Boletín Oficial y remitida a la Dirección Nacional del Registro Oficial.