Condenaron a Milagro Sala a 3 años de prisión en suspenso
El Tribunal resolvió por unanimidad declarar extinguida la acción penal por prescripción respecto del delito de amenazas, previsto en el artículo 149 bis del Código Penal y en consecuencia sobreseer definitivamente a Milagro Sala, Graciela López y Ramón Salvatierra ese hecho.
También resolvió condenar a Milagro Sala por resultar penalmente responsable del delito de daño agravado en calidad de instigadora a la pena de tres años de prisión, cuya ejecución se deja en suspenso; condenar a María Graciela López por ser coautora penalmente responsable del delito de daño agravado a la pena de tres años de prisión, cuya ejecución se deja en suspenso; condenar a Gustavo Ramón Salvatierra por ser coautor penalmente responsable del delito de daño agravado a dos años de prisión, cuya ejecución se deja en suspenso.