Colegios están obligados a pedir autorización al EAP
La norma dispone en su artículo 40 la autorización del ingreso y permanencia de jóvenes a partir de los 16 años a locales bailables, boîtes, boliches , espectáculos nocturnos , recitales, establecimientos escolares y/o similares, en los cuales se realicen actividades que se encuentren directamente relacionadas con la Fiesta Nacional de los Estudiantes: bailes, bautismos, elecciones de reinas, semana del estudiante, cena blanca, previo cumplimiento de los requisitos establecidos por el Ente Autárquico Permanente o el organismo que lo reemplace.
Por esta razón el Ente Autárquico solicita a los establecimientos escolares informar y solicitar la autorización del mismo, la que será efectiva una vez cumplidos los requerimientos de los correspondientes organismos de seguridad.
Según lo dispuesto por la jurisprudencia sancionada y reglamentada en el año 2016, los establecimientos deberán informar con diez (10) días de anticipación el lugar y fecha de elección de sus representantes a fin de que el organismo expida la correspondiente constancia para la autorización del evento.