Miércoles de ahorro: la ley exige que la oferta siga
Semanas antes de las elecciones, el gobierno que encabeza Gerardo Morales en Jujuy sorprendió y anunció una medida que generó satisfacción en la enorme mayoría de los consumidores en un contexto de inflación descontrolada: descuentos del 50% para las compras en supermercados que se realicen los días miércoles con la tarjeta de débito del Banco Macro.
Miles de personas aguardaron los miércoles sabiendo que podrían comprar y a los días recibir el reembolso de la mitad de lo que habían gastado, hasta un topé de $2.000.
En un artículo que escribió para la columna “consumidores inteligentes” de la “Che, la revista”, la letrada remarcó:
“La oferta: obliga, y se vuelve tan exigible como el contrato mismo. ¡He ahí la cuestión! Y en caso de duda y de contradicción: hay una solución ya pensada por la Ley de Defensa del Consumidor, ¡Gracias a Dios!”
“El problema empezó a surgir al anunciarse el Plan de Megadescuentos cuando en el Salón Blanco de Casa de Gobierno el Gobernador Gerardo Morales habló sobre la duración del mismo y dijo textualmente ‘durará lo que dure la crisis’”.
Tabera puntualizó un dato importante: cuando el gobernador confirmó cuanto se extendería la promoción, lo acompañaban un supermercadista y la gerenta del Banco Macro quienes, al no decir nada “aceptaron implícitamente el periodo de vigencia dictado por el Gobernador”.
"Eso es una oferta", indicó la abogada e hizo referencia a lo que dice el artículo 7 de la Ley de Defensa del Consumidor: “…obliga a quien la emite durante el tiempo en que se realice, debiendo contener la fecha precisa de comienzo y de finalización, así como también sus modalidades, condiciones o limitaciones…”
“Si llegado el mes de julio aún seguimos en crisis económica ésta oferta de Megadescuentos debería estar vigente aún y poder ser disfrutada por todos los consumidores jujeños, y si de golpe se les niega la oferta, ésta ‘…podría ser considerada negativa o restricción injustificada de venta, pasible de las sanciones...’ como también dice el mencionado artículo de la ley”, puntualizó.
Las normativas vigentes, destacó, contemplan incluso lo que sucede cuando se plantea una contradicción como ocurrió cuando la cadena de supermercados anunció que la posibilidad de que se extienda la promoción era algo a contemplar pero no lo dió por hecho.
“Por suerte para los consumidores, la Ley de Defensa del Consumidor ya viene pensando en que pueden darse conflictos de duda cómo éste y para esos casos se redactó el artículo 3 el cual dice que en caso de duda prevalecerá la opción más favorable al consumidor”.
Tabera volvió a poner énfasis en la importancia de lo dicho en la etapa de la oferta donde se intenta seducir a la clientela para que consuma y se fidelice: “todo lo que se diga en la etapa de oferta luego obliga al comerciante a cumplirlo, y si no lo hace, puede ser sancionado con multas de entre $100 y $5 millones”.
A - Apercibimiento.
B - Multa de PESOS CIEN ($ 100) a PESOS CINCO MILLONES ($ 5.000.000).
C - Decomiso de las mercaderías y productos objeto de la infracción.
D - Clausura del establecimiento o suspensión del servicio afectado por un plazo de hasta TREINTA (30) días.
E - Suspensión de hasta CINCO (5) años en los registros de proveedores que posibilitan contratar con el Estado.
F - La pérdida de concesiones, privilegios, regímenes impositivos o crediticios especiales de que gozare.