El sujeto, identificado como J.B.M fue hallado penalmente responsable de los delitos de “Abuso sexual gravemente ultrajante agravado por la convivencia preexistente con una menor de 18 años (un hecho), Abuso sexual gravemente ultrajante doblemente agravado por la convivencia prexistente con una menor de 18 años y por resultar un grave daño a la salud mental de la víctima (cuatro hechos), Abuso sexual gravemente ultrajante agravado por resultar un grave daño a la salud mental de la víctima (un hecho), Abuso sexual con acceso carnal doblemente agravado por la convivencia prexistente con una menor de 18 años y por resultar un grave daño a la salud mental de la víctima (dos hechos)”.
La sentencia fue dictaminada el pasado 17 de septiembre del corriente año, por el Tribunal con Función de Juicio integrado por Mario Ramón Puig, presidente de trámite, María Margarita Nallar y Luis Ernesto Kamada. Secretaría cargo de Ricardo Almaraz.
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Foto: Poder Judicial de la Provincia de Jujuy.
Los magistrados, además, absolvieron al imputado del delito de “Corrupción de menores” y un hecho calificado como “Abuso sexual gravemente ultrajante por resultar un grave daño a la salud mental de la víctima”.
Asimismo, ordenaron el inmediato traslado del condenado al Servicio Penitenciario y establecieron que, una vez firme y consentida la sentencia, se obtengan sus perfiles genéticos a efectos de su incorporación al Registro Nacional de Datos Genéticos vinculados a Delitos Contra la Integridad Sexual.
Los hechos
Según la requisitoria de la Fiscalía, J.B.M. fue juzgado por hechos ocurridos en dos domicilios de la ciudad de Palpalá, desde que la víctima tenía 8 años de edad en el año 2010, siendo el último en el año 2023.
En aquellos momentos, el acusado, pareja de la madre de la niña, cometía los abusos sexuales contra la menor de edad aprovechando tanto la situación de convivencia preexistente como la ausencia de la progenitora, en oportunidades que la misma se ausentaba del domicilio para ir a trabajar.
Alegatos
Una vez que los jueces resolvieron la culpabilidad de J.B.M., al momento de determinar la pena el fiscal Javier Sánchez Serantes solicitó 25 años de prisión para el acusado, a lo que adhirió la querella representada por Tamara Juárez del Centro de Asistencia a la Víctima.
Por su parte, la abogada defensora del condenado, Sara Cabezas, requirió el mínimo de la pena establecido para los delitos, sin acuerdo con el resolutorio que establece la culpabilidad de su defendido.
Los fundamentos de la sentencia serán dados a conocer dentro del plazo establecido por el Código Procesal Penal de la Provincia, lo que será puesto a conocimiento de las partes mediante el sistema de gestión judicial.