Jujuy | código procesal penal

Cambios para que los juicios dejen de durar 10 años

Este jueves se llevó adelante la presentación del proyecto sobre el Nuevo Código Procesal Penal,  el cual pretende introducir una serie de cambios donde lo principal será tratar de agilizar los procesos y etapas judiciales.

En el Salón Auditórium “Rafael  Hugo Reyes” del Colegio de Abogados y Procuradores de Jujuy se llevó adelante la presentación del proyecto de Nuevo Código Procesal Penal de la provincia.

En dicho acto, la presidente de la institución Ana Igarzabal presentó el evento que contó con la disertación de  profesionales en especializados en la temática.

Uno de los expositores fue el Dr. Roberto Savio quién disertó sobre el rol de los defensores en el nuevo código procesal penal.

Diferencias entre el Código en vigencia y el que se pretende presentar y aprobar

“Ambos representan un modelo de tinte acusatorio, en el proyecto que se está tratando avanza modificando la pauta a un proceso adversarial, en el cual se plantea una actuación en un pie de igualdad entre el órgano de acusación que se encarga de la tarea investigativa y el que le toca desempeñar al abogado defensor a la par de la persona acusada de cometer el delito”, señaló Savio.

Además el abogado expuso que “partimos de un esquema constitucional que habilita a todos el derecho de presentar pruebas, esto implica que de parte de la defensa se meritúa cuándo es el momento oportuno y la selección de pruebas que puedan resultar conducentes a la estrategia del defendido. Todos tienen derecho en su rol de ofrecer pruebas conducentes a formar la pieza acusatoria, la investigadora para obtener la verdad real del hecho investigado”.

Objetivo de agilizar el proceso

Efectivamente tiende la implementación de la oralidad como regla al desarrollo de audiencias, tres como mínimo, control de la imputación, desarrollo de la tarea investigativa y se pasa al juicio oral y público”.

Plazos de la investigación penal preparatoria hasta llegar al juicio

“Se tiende a eliminar todo acto dilatorio innecesario. En un lapso de 60 días aproximadamente tiene que estar culminada la tarea investigativa, es un plazo indicativo, según ela complejidad de la causa se marca la agenda”.