"Dispónese que, a partir del inicio del ciclo lectivo 2021 en cada jurisdicción, se considerará justificada la inasistencia del progenitor, progenitora, o persona adulta responsable a cargo, cuya presencia en el hogar resulte indispensable para el cuidado del niño, niña o adolescente", dice la Resolución 60/2021 que lleva la firma del ministro de Trabajo, Claudio Moroni.
La medida regirá en los siguientes casos: "Los días en que no concurran a clases presenciales en el establecimiento educativo respectivo, así como los días que concurran con jornada presencial reducida y no pueda cumplirse la jornada escolar normal y habitual del establecimiento educativo correspondiente".
"Las jurisdicciones tendrán sus propias medidas y modalidades y determinarán el inicio de las clases presenciales. Solo habrá que presentar una declaración para detallar días y horarios de sus hijos para que el empleador, si lo desea, puede ejercer control".
"La persona alcanzada por esta justificación deberá notificar tal circunstancia a su empleador o empleadora" y "deberá completar una declaración jurada", añade el texto oficial.
La declaración jurada, en tanto, deberá contener: "Los datos del niño, niña o adolescente, el grado o año que cursa y datos del establecimiento educativo; el régimen de presencialidad dispuesto en esa institución y la declaración de que su presencia en el hogar resulta indispensable los días en que no concurran a clases presenciales o no pueda cumplirse la jornada escolar normal y habitual del establecimiento educativo".
Asimismo, podrá acogerse a esta justificación "solo un progenitor o persona responsable de los cuidados, por hogar".
FUENTE: Télam