Jujuy | carnaval 2017 |

Nuevos requisitos para la venta de bebidas alcohólicas

Se dieron a conocer los nuevos requisitos para la obtención del REBA/REBAE. Todas las fiestas que se realicen durante el carnaval en Jujuy, deberán contar obligatoriamente con dicho permiso.

El Departamento Judicial de la División de leyes especiales de la Policía de la provincia, dio a conocer los nuevos requisitos para la obtención del REBA/REBAE, permiso que permite comercializar bebidas alcohólicas.

Asimismo se informó que todas las fiestas y eventos que se realicen en el marco del carnaval deberán contar con dicho permiso, sin excepción.

Los organizadores deberán presentar los requisitos con tres días de anticipación al evento en el Registro de Expendedores de Bebidas Alcohólicas, en la División de Leyes Especiales ubicada en la Central de Policía, avenida Santibáñez 1312, o con 20 días de anticipación al evento en la comisaria seccional con jurisdicción en el mismo.

 

Requisitos a presentar

La única excepción prevista para eximirse del pago al depósito de garantía rige para las actividades, eventos, peñas o espectáculos que sean sin fines de lucro, y se realicen en inmuebles privados y sus asistentes sean socios o invitados que no excedan el número de 150 personas.

El depósito de garantía tiene por finalidad evitar que los particulares incurran en contravención, finalizados los eventos y si no existen en contra de los solicitantes actuaciones contravencionales labradas en los eventos realizados se les reintegrará el Depósito de Garantía.

 

Requisitos para solicitar autorización ante la Comisaria Seccional

Para la eximición del Depósito de Garantía deberán realizar exposición policial  en donde se establezca que el evento es sin fines de lucro y con una concurrencia máxima de 150 personas siendo el requirente de la habilitación el responsable de su quebrantamiento.

 

Requisitos para la obtención del REBA/REBAE para negocios

 

Requisitos para REBA EVENTUAL

El permiso debe de solicitarse personalmente en el Departamento Judicial (División Leyes Especiales) con tres días de anticipación al evento. Están facultados para hacer el trámite el presidente, vicepresidente, secretario o tesorero.

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